Año 28, nº 47, 1º semestre 2019

Organizaciones de víctimas, reclamos de castigo y justicia penal. Experiencias en la ciudad de Neuquén entre los años 2008 y 2015

Victim’s organizations, claims of punishment and penal justice. Experiences in Neuquén city between 2008-2015

Recibido: 30/07/2019

Aceptado: 18/09/2019

Emilia Alfieri

Universidad Nacional del Comahue, Argentina

emialfieri@yahoo.com.ar

Resumen

Esta investigación busca describir y explicar las demandas y prácticas de las organizaciones de víctimas que se movilizan por justicia/castigo en Neuquén entre los años 2008 y 2015 y su relación con el Sistema de Administración de Justicia Penal. A través del estudio de casos, nos proponemos analizar las acciones colectivas que se producen en torno a diferentes casos de muertes violentas. Pretendemos, por un lado, indagar el proceso por el cual familiares y allegados de las víctimas de muertes violentas se constituyeron en OV; por otra parte describir y analizar sus demandas de justicia/castigo; como así también sus prácticas de protesta y presión. Y por último identificar y comprender el vínculo que tienen estos reclamos con el SAJP. El análisis es comparativo, por lo que nos enfocaremos en detectar similitudes y diferencias entre los distintos casos.


Palabras clave

Víctimas, Justicia penal, Reclamos de castigo, Organizaciones de víctimas.

Abstract

The objective of this research is to contribute to the description and explanation of demands and practices of victims´ organizations that seek for punishment in Neuquen City between 2008 and 2015, and their relationship with Criminal Justice System. By case study strategy, we propose to analyze the collective actions that take place around different cases of violent deaths. We intend, on the one hand, to investigate the process by which the relatives and close friends of victims of violent deaths were constituted in victim’s organizations; on the other hand we intend to describe and analyze their claims for punishment; as well as their protest and pressure practices. And finally, we intend to identify and understand the links with the Criminal Justice System. The analysis is comparative, so we will focus on detecting similarities and differences between the different cases.


Keywords

Victims, Penal justice, Violence, Claims of punishment, Victim’s organizations.




El presente artículo es producto de la tesis de maestría en Criminología, en la que analizamos las demandas y prácticas de las organizaciones de víctimas (OV) que se movilizan en torno al pedido de justicia/castigo en la ciudad de Neuquén entre los años 2008 y 2015, las diferentes representaciones, fundamentos y objetivos que vehiculizan y su relación con el Sistema de Administración de Justicia Penal (SAJP)1. Más puntualmente, a través del análisis de tres casos ocurridos en la ciudad de Neuquén -el caso de Belén y Franco, dos jóvenes atropellados en el año 2008; el caso de Rogelio San Miguel, taxista asesinado tras un robo en 2011 y el caso de Matías Casas, un joven asesinado a manos de la policía en julio de 2012- nos propusimos analizar las acciones colectivas que se producen en torno a diferentes casos de muertes violentas. Por un lado indagamos el proceso por el cual los familiares y allegados de las víctimas de muertes violentas se constituyeron en OV; por otra parte describimos y analizamos sus demandas de justicia/castigo; como así también las estrategias y prácticas de protesta. Y por último, identificamos y analizamos el vínculo entre estos reclamos y el SAJP. El análisis es fundamentalmente comparativo, por lo que nos enfocamos en detectar similitudes y diferencias entre los distintos casos estudiados a partir de indagar en las siguientes preguntas:

¿Cómo se constituyeron los familiares y allegados en organizaciones de víctimas? ¿Qué discursos construyen en torno al pedido de justicia? ¿Qué buscan/esperan con esas demandas? ¿A quién/es las dirigen? ¿Qué acciones de protesta y presión desarrollan? ¿Qué articulaciones político-sociales establecen? ¿En qué ámbitos se juega la lucha de las organizaciones de víctimas? ¿Es el SAJP el destinatario exclusivo de las demandas de las organizaciones o hay otros? Si los hay, ¿cuáles son? ¿Puede el SAPJ satisfacer la totalidad de los reclamos? ¿Qué impacto tiene la sentencia judicial en su lucha? ¿Qué sucede con las organizaciones una vez que concluye el juicio? ¿Perduran como organizaciones, se resignifican o pierden sentido? ¿Qué modo de «ser-víctima» se identifica en cada caso? ¿Asumen los familiares y allegados el papel de víctimas?

Metodológicamente, hemos diseñado una estrategia fuertemente cualitativa que, a través del análisis de contenido y técnicas de entrevista y observación, apuesta por recuperar las perspectivas de los sujetos en su contexto mediante la participación de la investigadora. En el estudio de caso colectivo el conjunto de casos estudiados no se considera una muestra estadística representativa, sino que los casos se eligen a partir de decisiones de quien conduce la investigación.

Como señala Juan Samaja (1994) la selección no responde a criterios absolutos, sino que está en relación directa con la estrategia de investigación, una buena muestra implica criterios de analogía y comparación entre ella y el universo. En una perspectiva similar lo central, según Stake (1994), es que se los seleccione teniendo en cuenta las características que tienen en común y las que los diferencian, porque justamente el propósito es estudiar y comprender cada caso en su especificidad para luego comparar. Por tanto, los criterios que hacen de una unidad de análisis un caso particular se basan en criterios teóricos, pero también en experiencias de observación y fundamentalmente en las expectativas sobre la unidad seleccionada en relación con su potencialidad para proveer una base empírica relevante para la interpretación y comprensión del fenómeno estudiado (Marradi et al., 2007).

Teniendo en cuenta la posibilidad de maximizar lo que potencialmente podemos aprender del caso (Stake, 1995), la accesibilidad y receptividad (Stake, 1995), la expectativa en la riqueza de la información (Flyvbjerg, 2006) y la pertinencia de las características de los casos en función del tipo de preguntas que guían la investigación (Samaja, 1994), establecimos los lineamentos generales que estructuran los criterios operativos que se tuvieron en cuenta a la hora de elegir los casos: que se localicen en la ciudad de Neuquén Capital; que sean contemporáneos; que hayan impulsado una organización por parte de sus familiares y allegados; que hayan tenido un fuerte impacto mediático en la sociedad neuquina; que respondan a características diferentes entre sí en cuanto a víctima, victimario, proceso y particularidades del hecho.

Los reclamos de castigo y el «ser-víctima» como identidad

Las organizaciones de víctimas son grupos de personas que se unen a partir de experimentar un daño en tanto evento victimizante que se vivencia de manera aislada y no como una condición característica de toda una biografía (Pitch, 2009). En otras palabras, el «ser-víctima» no es producto de una condición socioeconómica o cultural generalizada, sino que es una identidad construida en oposición a un victimario concreto y a partir de un comportamiento puntual (Pitch, 2009). Pero lo peculiar de esta construcción identitaria es que logra extender una experiencia directa —la víctima en primera persona- a la identificación de otros sujetos con quienes efectivamente sufrieron el daño o incluso a sujetos que tienen temor de sufrirlo. Esto da cuenta de una auto— percepción como sociedad-víctima (Galar, 2009) en donde el «ser-víctima» aparece como una figura representativa del conjunto de ciudadanos en el sentido de que su experiencia se supone común y colectiva, y que opera como señal de alerta al conjunto de ciudadanos señalándoles que todos podrían caer en la misma condición (Daroqui, 2003; Garland, 2005; 2006; Gutiérrez, 2011b; Pitch, 2009; Sozzo, 2007).

Entonces, experimentar un evento que confirme a un sujeto como víctima transforma la vulnerabilidad en empoderamiento que es lo que justamente da voz y vuelve legítimo el reclamo: «Para poder hablar, protestar, actuar contra y junto con otros es necesario reconstruirse como víctimas de alguien o de algo» (Pitch, 2009:67). Sin embargo, a pesar de ser una condición generalizada, no hay un solo modo de «ser-víctima»: hay víctimas más legítimas, inocentes y verdaderas y otras más dudosas y, por tanto, menos inocentes (Pitch, 2003, 2009; Galar, 2011).

Un rasgo distintivo de las OV es que la unión de sus miembros se da a partir del sufrimiento, o del miedo al sufrimiento. No hay, necesariamente, una trayectoria política compartida o una situación socio-económica en común entre sus miembros. Como señala Galar (2010) la muerte es una experiencia individual y singular, pero que tiene la capacidad —desde una dimensión política— de impulsar experiencias colectivas. De esta manera, el factor aglutinante de las OV es la referencia al daño sufrido, ya sea por haberlo experimentado directamente, por identificación con quienes lo sufrieron, o incluso por temor a sufrirlo. A partir del miedo y la desconfianza este tipo de organizaciones se constituyen generalmente en torno a un objetivo único y concreto -hacer justicia-, y a partir de instalarse como casos resonantes de alto impacto y con alta visibilidad en el espacio público se instituyen como un problema público (Blumer, 1971; Galar, 2010; Schillagi, 2011).

El discurso público establece un estereotipo de lo inocente y de lo que merece ser castigado. En base a esa partición fundamental las OV construyen un nosotros frente a una alteridad. De manera que el «ser-víctima» como identidad se construye desde la alteridad y esto legitima la intervención (Pita, 2005): el nosotros se cierra sobre sí mismo estigmatizando al colectivo que opera como exterior constitutivo (Hall, 2003) habilitando -de la mano de un planteo moral pretendidamente neutro y aséptico- las descargas propias de la justicia expresiva. A partir de esta lógica, la conformación y agrupamiento de las OV supera las heterogeneidades sociales y políticas que puedan existir al interior del grupo porque todos apuntan, en definitiva, a una resolución punitiva del conflicto.

Las víctimas, las organizaciones y sus luchas han adquirido un fuerte protagonismo en las últimas décadas. En el campo penal, la apelación a las víctimas se limita a un nivel más bien discursivo, nos referimos a que si bien en los últimos años se las ha tomado como fundamento para las reformas punitivas, esto no quiere decir que dichas reformas efectivamente les hayan dado centralidad en el proceso penal, lo que sugiere que en general se apela a ellas para encarar reformas judiciales cuyos efectos e intereses pueden no responder necesariamente a sus intereses. Este protagonismo da cuenta de la productividad política que tienen estas muertes como:

aquellos usos, apropiaciones, sentimientos colectivos, definiciones y disputas por significados a los que dan lugar, así como a las repercusiones que generan en la arena político-institucional, en la concreción de políticas públicas o intervenciones gubernamentales y en la configuración de modos de identificación, representación y organización social. (Galar, 2010: 2, 3).

Es decir, los casos de muertes violentas, con la intervención de múltiples actores lograr irrumpir en el escenario público con consecuencias tanto a nivel material como simbólico: debates en diversos ámbitos, investigaciones periodísticas, producciones culturales, movilizaciones, cambios político-institucionales y promoción de políticas públicas (Galar, 2010; 2015).

Los reclamos de castigo y el SAJP. El lugar de la violencia

Siguiendo a Pitch (2003), las demandas de criminalización expresan que los problemas y los conflictos sociales se identifican como materias dignas de respuesta penal. Y pensar la cuestión del castigo en la vida social nos obliga a considerar un complejo entramado conceptual incluyendo su historia política y su funcionamiento en la realidad, para dar respuesta a una serie de preguntas tales como: ¿Por qué se castiga? ¿Por qué se puede castigar? (Pegoraro, 2015).

Según Benjamin «El derecho considera la violencia en manos de la persona aislada como un riesgo o una amenaza de perturbación para el ordenamiento jurídico»(1998: 31), de ahí que el monopolio de la violencia tenga la intención de salvaguardar el derecho mismo, ya que la violencia por fuera de éste representa una amenaza, por su simple existencia fuera del derecho. El núcleo interpretativo se encuentra al interior del derecho, no hay derecho sin fuerza, es decir que no hay que pensar a la violencia como un accidente que le sobreviene desde afuera: «Lo que amenaza al derecho pertenece ya al derecho» (Derrida, 1997: 90).

Lejos de pensarlos como términos separados, René Girard (1983) piensa a la Justicia como la canalización de la violencia por un buen camino, el de la protección de la comunidad entera de su propia violencia, que es esencialmente mimética en el sentido de que desata represalias y multiplica sus efectos. Rastreando el fundamento religioso, Girard (1983) analiza al sacrificio como un acto social y pretende detectar su relación con la violencia, en función de esto formula la hipótesis de la sustitución en la que supone que con el sacrificio se desvía sobre una víctima particular (que cumple con la cualidad de sacrificable) una violencia que de otra manera sería una amenaza contra los miembros de la comunidad. El sacrificio aparece como una violencia de recambio en tanto operación de transferencia colectiva que actúa sobre tensiones internas de la comunidad. Como mecanismo-ritual, el sacrificio restaura la armonía, refuerza la unidad del grupo e impide que estallen los conflictos. Pero fundamentalmente, el sacrificio es una violencia sin riesgo de venganza:

El deseo de violencia se dirige a los prójimos, pero no puede satisfacerse sobre ellos sin provocar todo tipo de conflictos; conviene, pues, desviarlo hacia la víctima sacrificial, la única a la que se puede herir sin peligro, pues no habrá nadie para defender su causa (Girard, 1983: 21).

¿Qué es lo equivalente al sacrificio —en cuanto a su forma y función— en las sociedades modernas? ¿Bajo qué otros mecanismos se logra contener la violencia intestina? ¿Cómo logra cortarse el círculo vicioso de la venganza? Son las instituciones, dice Girard (1983), las encargadas de mantener dentro de los límites tolerables a la violencia en las sociedades modernas donde el fundamento religioso se desconoce. Según Girard (1983) no hay diferencia entre el acto castigado por la venganza y la propia venganza, las represalias provocan nuevas represalias por lo tanto se desencadena un proceso infinito e interminable. La cuestión es que esta multiplicación de las represalias pone en juego a la propia existencia de la sociedad, de ahí que sea menester la presencia de algún mecanismo (sacrificial-institucional) que logre prohibirla o contenerla.

El sistema judicial aleja la amenaza de venganza, no la suprime sino que logra limitarla a una represalia única bajo el ejercicio confiado a una autoridad soberana. Girard (1983) la denomina venganza pública para señalar que no hay ningún principio en el derecho penal que difiera del principio de venganza: reciprocidad violenta y retribución. La diferencia que detecta Girard se da en el plano social: la venganza pública ya no es vengada, el proceso concluye ya que la palabra del juez es entendida como la última palabra.

Si en el sistema de prevención religiosa, dice Girard, se modera la venganza desviándola sobre un objeto secundario, en la retribución judicial se la racionaliza, se la manipula, se la vuelva extremadamente eficaz. El monopolio de la venganza (Girard, 1983) convierte a la palabra de la autoridad judicial en algo indiscutible.

El elemento conceptual que va de la mano con la violencia mimética en la argumentación de Girard es el de víctima propiciatoria o chivo expiatorio. Sobre este individuo único se vuelca la violencia recíproca esparcida por toda la comunidad. Se reemplaza el antagonismo de cada-uno-contra-cada-uno, por la unión de todos-contra-uno: «todos los rencores dispersos en mil individuos diferentes, todos los odios divergentes, convergerán a partir de ahora en un individuo único, la víctima propiciatoria» (Girard: 1983: 88). En otras palabras, una sola víctima sustituye a todas las víctimas posibles, se da lugar a la unanimidad fundadora, esa víctima sacrificable se caracteriza por no producir riesgo de venganza ni represalias.

Eligio Resta (1995) señala que:

Habrá un saber y un poder especializados a los que la sociedad delegará la resolución de la violencia. Ésta aparecerá enajenada del cuerpo de la sociedad […] el saber jurídico, con esta enorme construcción propia que es la dogmática, se convierte en una inagotable reserva simbólica. (29)

Entonces, el sistema judicial niega la venganza apropiándose de ella, no elimina la violencia, sino que la diferencia y la aligera: hay violencia buena y mala, legítima e ilegítima, justa e injusta. El derecho aparece como la «respuesta racional, exclusiva, moderna, la única posible a la violencia de toda la sociedad.» (Resta, 1995: 37). Esa es la certeza: el Estado o la violencia del soberano es «la única cura posible, como el único remedio, el único antídoto eficaz contra la violencia.» (Resta, 1995: 37)

Es oportuno analizar el campo jurídico en donde se dan las relaciones de fuerza que expresan las luchas por alcanzar las visiones/interpretaciones legítimas. Entendemos al campo jurídico como la arena en la que se juegan los significados sociales, como «la forma por excelencia del poder simbólico de nominación» (Bourdieu, 2005: 198) en el que se «opera la transmutación de un conflicto directo entre las partes directamente interesadas en un debate jurídicamente reglado» (Bourdieu, 2005: 185). En este sentido, el derecho es un escenario de lucha donde se debate lo legítimo y lo ilegítimo. En el campo jurídico hay una lucha por el monopolio del derecho, o en otras palabras, lo central para los agentes que luchan es lograr imponer una interpretación que señale la visión legítima del mundo social, buscan ser una interpretación autorizada (Bourdieu, 2005)2.

En definitiva, el campo jurídico según Bourdieu (2005) elabora un cuerpo de reglas con pretensión de universalidad, por eso los jueces se presentan como meros aplicadores de la ley. Recordemos que para Bourdieu (1997) el Estado tiene el poder de producir e imponer las categorías de pensamiento que aplicamos a todo lo que hay en el mundo. Es decir que completa la definición weberiana de Estado, agregando al monopolio de la violencia física el monopolio de la violencia simbólica. De esta manera el Estado garantiza un mundo social ordenado, en la medida en que logra universalizar su punto de vista:

el Estado instaura e inculca unas formas y unas categorías de percepción y de pensamiento comunes, unos marcos sociales de la percepción, del entendimiento o de la memoria, unas estructuras mentales, unas formas estatales de clasificación. Con lo cual crea condiciones de una especie de orquestación inmediata de los habitus que es en sí misma el fundamento de una especie de consenso sobre este conjunto de evidencias compartidas que son constitutivas del sentido común. (Bourdieu, 1997: 117).

Además, teniendo en cuenta la noción de orden social como un orden desigual y jerárquico (Pegoraro, 2003a; 2003b), podemos considerar a la reglas como la creación de un grupo social específico que intenta imponerlas, lejos están de ser un acuerdo de toda la sociedad (Becker, 1971). De ahí la necesidad de universalizar el planteo en la instancia judicial como potencial simbólico. Las decisiones judiciales se reconocen como «sentencias», esto es producto según Bourdieu (2005) de un trabajo de racionalización que las vincula con las normas puras del derecho, es decir, se le «confiere a la decisión la eficacia simbólica que ejerce toda acción cuando se reconoce como legítimo y se ignora su arbitrariedad.» (Bourdieu, 2005: 180). Como resultado de las luchas que se dan al interior del campo jurídico, lo que aparece es la palabra oficial que se enuncia en nombre de todos. «El derecho es, sin duda, la forma por excelencia del poder simbólico de nominación que crea las cosas nombradas y, en particular, los grupos sociales.» (Bourdieu, 2005: 198)

Es interesante rescatar las racionalizaciones que según Bourdieu (2005) se hacen al interior del campo jurídico porque consideramos que son las que explican a nivel micro esta relación entre violencia y justicia que estamos abordando en este apartado. El primer elemento que hay que tener en cuenta es que un conflicto irreconciliable se transforma en un intercambio reglado de argumentos racionales entre sujetos iguales, el conflicto se convierte en un diálogo de expertos. De alguna manera entonces, aquí se hace explícita la renuncia a la violencia física directa y personal que implica aceptar la construcción jurídica del objeto y el principio de pertenencia jurídica. Es claro cómo se visualiza el proceso de racionalización o arrebatamiento del conflicto (Christie, 1992) cuando Bourdieu (2005: 189) dice «Nada es menos natural que la “necesidad jurídica” o el sentimiento de la injusticia que puede llevar a recurrir a los servicios de un profesional.»

Entre la gente común y los expertos (juez, magistrado, abogados) hay una relación de poder, donde cada uno expresa una visión del mundo y donde cada uno ocupa una posición diferente a la hora de comprender los significantes que están en juego. «Los profesionales tienen, en definitiva, el poder de manipular las aspiraciones jurídicas, de crearlas en ciertos casos, de amplificarlas o de disuadirlas en otros.» (Bourdieu, 2005: 190).

Con todo esto, estamos en condiciones de plantear el vínculo entre el sentido de justicia y la violencia. Mariano Gutiérrez (2006) resume esta -aparente- paradójica relación como «violencia justa». Históricamente la filosofía jurídica ha tratado de darle fundamento a la pena legal, pero lo que señala Gutiérrez (2006) es que tanto la teoría retributiva como la utilitarista se limitan al análisis de las funciones manifiestas del derecho, cuando en realidad es en lo latente donde se podrá apreciar «la medida de ‘lo justo’ en un contexto histórico social particular» (Gutiérrez, 2006: 208). Lo que se concibe como justo debe leerse en relación a los sujetos que así lo consideran y en el marco contextual que le da sentido.

El sentimiento de justicia se funda en el presupuesto de reciprocidad y equidad, en la compensación, de manera que con el castigo lo que se intenta es restituir una situación anterior que ha sido afectada. En este sentido, «Tras la idea cotidiana de justicia se oculta el presupuesto de la reciprocidad, es decir, del intercambio de equivalencias, de tal forma que la justicia siempre implica un “trueque simbólico”» (Gutiérrez, 2006: 241).

En esta línea, Émile Durkheim consideraba a la reacción penal como el producto de una energía afectiva: al ofender los valores comunes y más fundamentales

provoca una puesta en comunicación irreflexiva de todos aquellos que son sus portadores. Los sentimientos comunes de ira, indignación y temor provocados de este modo buscan satisfacción en el dolor de quien se tiene por culpable. Por ello la pena sería una venganza que reclama el sufrimiento del ofensor. (Tonkonoff, 2012: 9)

Para poder analizar estas cuestiones en los casos que aquí estudiamos, retomamos dos categorías que utiliza Gutiérrez en La necesidad social de castigar incorporándoles algunos nuevos elementos:

a) «La cruel afirmación de sí mismo»: a partir de los aportes de Friedrich Nietzsche, Émile Durkheim, George H. Mead y Eric Fromm, Gutiérrez construye un marco teórico en el cual utiliza esta noción para referirse a que los sujetos se reafirman como tales en el sufrimiento del otro. La búsqueda de justicia encierra un doble proceso de devolución y compensación. La ofensa inicial disminuye al agredido y genera una sensación de impotencia. A partir de esto la víctima comienza a sentir la necesidad de agredir al ofensor que es el representante de los sentimientos contrarios. En esta escena, la agresión opera como un intercambio de una cantidad determinada de poder. En este acto el agredido reafirma su identidad a partir de la negación del otro, aplacando así la impotencia. «Hay en la reacción vindicativa una inevitable lógica dialéctica entre el self del afectado y el self del responsable. El otro se interpreta como la negación del uno. La negación del otro opera como la reafirmación del uno.» (Gutiérrez, 2006: 220). Por lo tanto, con esta categorización nos vamos a referir al plano individual, donde rigen los deseos y sentimientos en estado más puro.

b) «La reafirmación colectiva»: una dinámica similar se da en el sujeto colectivo, donde hay una identificación de los integrantes del grupo con la víctima en tanto portadores de los mismos valores, lo que los convierte a todos en posibles víctimas. Ahora es el grupo el que toma al agresor como el enemigo común y el castigo es entendido como la reafirmación del valor del grupo. Recordando la idea de venganza pública -como diría René Girard-, aquí aparece la ley como la representante del valor fundamental que une al grupo, como la protectora de los intereses de la comunidad. En este sentido, el castigo legal y monopolizado por el Estado reafirma el valor de un grupo, es la reivindicación simbólica de ese valor (Gutiérrez, 2006, siguiendo a G. H. Mead). Entonces, con esta noción nos referiremos al plano de lo colectivo, asociado al juego de los agentes en diferentes campos, por ejemplo el jurídico, que expresa el pasaje hacia la judicialización del conflicto, y el de la lucha social que expresa la colectivización del reclamo. A diferencia del plano individual, aquí observamos la racionalización de las demandas como consecuencia de las reglas de juego de cada campo.

Los casos de estudio: una breve crónica

El caso de Belén y Franco

Belén Araya de 19 años y Franco Castro de 16 fueron atropellados la noche del 21 de septiembre de 2008 cuando caminaban por la Avenida Olascoaga de la ciudad de Neuquén, regresando de una salida nocturna. El hecho ocurrió cuando un auto Suzuki Gran Vitara, que iba a gran velocidad, perdió el control y atropelló a los jóvenes. El conductor, Juan Hermosilla Soto, quedó atrapado adentro del auto por lo que tuvo que ser rescatado y llevado a un centro de salud donde estuvo internado varios días. Los adolescentes atropellados murieron en el acto. Luego de las pericias se confirmó que el conductor estaba alcoholizado y en el auto se encontraron envases de bebidas alcohólicas. La principal hipótesis que se manejó desde un comienzo fue que Hermosilla Soto corría una picada junto a otro auto.

Este hecho causó un fuerte impacto en la sociedad neuquina. Los familiares y allegados de las víctimas lograron instalarse en el escenario social local, lo que a su vez se vio amplificado por la repercusión mediática del caso. Primero conformaron la Asociación Belén y Franco, que luego se partió por diferencias entre los familiares: los papás de Franco siguieron con el proyecto de la Asociación, que luego terminó diluyéndose; mientras que los de Belén hoy integran Estrellas del Neuquén.

Éste fue un caso emblemático en lo judicial, debido a las críticas que levantó. Hermosilla Soto fue condenado a cinco años de prisión por homicidio culposo, ya que los jueces consideraron que no estaba consciente por estar alcoholizado, por tanto no cabía la figura del dolo eventual.

El caso de Rogelio San Miguel

Rogelio San Miguel era un taxista de 55 años que fue asesinado a puñaladas, en una situación de robo, mientras trabajaba en la madrugada del 16 de julio de 201. El hombre se encontraba en la parada de taxis en la que trabajaba, cuando dos personas se subieron al vehículo simulando ser pasajeros, pero a las pocas cuadras quisieron robarle la recaudación y tras un forcejeo lo apuñalaron en el cuello y en el tórax. San Miguel alcanzó a presionar el botón de pánico, lo que alertó a sus compañeros, que cuando llegaron al lugar (el móvil contaba con un GPS) lo encontraron agonizante fuera del taxi. Como la ambulancia no llegaba, sus compañeros lo trasladaron al Hospital Castro Rendón, donde falleció unos minutos después.

Este hecho desencadenó una fuertísima movilización por parte de sus familiares y de sus compañeros de trabajo, quienes se instalaron en la ciudad de Neuquén como un grupo corporativo con una importante incidencia en la escena política y social municipal. Al mismo tiempo, la imagen de Rogelio San Miguel —estampada en muchos taxis de la ciudad— se convirtió en un referente de las víctimas de inseguridad. La viuda del taxista actualmente participa en la Asociación de Lucha Contra la Impunidad.

Desde un primer momento, según el relato periodístico, la policía orientó su investigación en la búsqueda de dos jóvenes que se creía eran menores de edad, aunque eran pocas las pistas firmes. Tras varios allanamientos, arrestos, desestimación de sospechosos y ofertas de recompensas, la causa se inició contra un joven de 16 años imputado por el delito calificado como homicidio en ocasión de robo. La causa estuvo paralizada por mucho tiempo porque desde la fiscalía se sabía que el joven no había sido el autor material, hasta que en marzo de 2013 fue el propio joven el que dio el nombre del supuesto autor material del asesinato, Gerardo Fuentes de 26 años. Con esto, el joven menor de edad fue condenado en el fuero penal juvenil por robo calificado y Fuentes pasó a ser el principal sospechoso. Luego, en septiembre de 2014 fue declarado culpable por un jurado popular y condenado a cadena perpetua por la jueza de la causa.

El caso de Matías Casas

Matías Casas era un joven de 19 años que vivía en el oeste de la ciudad de Neuquén, más precisamente en el barrio Cuenca XV. Este es un dato central, ya que esta es la zona más densamente poblada de la capital y abarca una gran cantidad de barrios pobres, villas de emergencia y tomas de tierras. El 22 de julio de 2012, el joven fue asesinado por la espalda por el efectivo de la Policía provincial Héctor Méndez, quien a pesar de encontrarse de licencia hizo uso de su arma reglamentaria tras una supuesta discusión entre su hijo y la víctima.

Este hecho movilizó a los familiares y allegados de Matías Casas por el pedido de justicia. A fines de ese mismo año, se dio un hecho de características similares que tuvo como saldo la muerte de Braian Hernández de 14 años. Los familiares de Matías y Braian se vincularon y mediante la participación de partidos de izquierda y organismos de DDHH conformaron la Multisectorial contra la Represión Policial y del Gobierno de Neuquén y Río Negro.

El juicio por Matías fue el segundo caso que se juzgó con jurado popular, el cual encontró culpable al policía Méndez por homicidio agravado en función de su carácter de policía, fue condenado a prisión perpetua. Pero luego, el Tribunal de Impugnación anuló la calificación y la cambió por homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, desestimando la función policial. El Tribunal consideró que habían sido erróneas y poco precisas las instrucciones dadas a los jurados populares. Finalmente, se realizó un nuevo juicio de cesura para definir la pena otra vez, en el cual el policía fue condenado a 20 años de prisión.

Las organizaciones de víctimas tras los casos de muerte

Cada uno de los casos que aquí analizamos culminó, tras diversas trayectorias zigzagueantes, en la institucionalización de distintas organización de víctimas: Estrellas del Neuquén, Asociación de Lucha contra la Impunidad y la Multisectorial contra la Represión Policial y del Gobierno de Neuquén y Río Negro.

Estrellas del Neuquén (EN) es una organización que reúne a familiares de víctimas de hechos de tránsito. Surgió como consecuencia del caso de Belén y Franco, por el accionar de sus familiares y allegados quienes luego de la muerte de los jóvenes lanzaron una campaña llamada «Primavera sin estrellas» acompañados por representantes de la organización Estrellas Amarillas3 de Córdoba y La Pampa. Por diferencias con esos grupos, lo de Neuquén no es una filial de la organización a nivel nacional, sino que es un grupo independiente que por una cuestión simbólica retoma la idea de las estrellas y mantiene la pintada de estrellas como actividad central.

Primero, tras la muerte de Belén y Franco hubo un acercamiento a nivel individual entre familiares de víctimas de hechos de tránsito, luego los papás y mamás de los dos jóvenes conformaron la Asociación Belén y Franco. Y en 2013 una parte de ellos constituyen EN, un espacio de contención de familiares, de asesoramiento y de trinchera de la memoria recordando a cada víctima con una estrella amarilla en el lugar del hecho. Hay un núcleo de integrantes que participan permanentemente, pero también hay familiares que se acercan para pintar la estrella de su familiar y luego el contacto cesa.

EN es una organización que mantiene vínculos cooperativos con el Estado, ya que su eje está en la presentación de proyectos relacionados con la seguridad vial, por ejemplo: proyecto de reconocer a los buenos conductores y proyecto de alcohol cero, que actualmente ambos están vigentes. Por este motivo es una organización que tiene amplias relaciones con distintos actores del Concejo Deliberante, la Municipalidad y la Legislatura provincial. Su interés está en formarse para concientizar a los demás a través de campañas de educación vial y modificar e impulsar la creación de nuevas leyes, de manera que con su actividad se proponen cubrir las falencias que detectan en el Estado. Sobre su actividad los integrantes comentan:

El objetivo principal que nos planteamos es que dejen de suceder estos hechos. Es decir, lamentablemente servir como ejemplo para que a otros no le pase. Nosotros tenemos que claro que con nuestras actividades nuestros familiares no van a volver, entonces el tema está en mostrarle al otro que después de este cruce ya no hay vuelta atrás. (Entrevista a integrante de EN)

De alguna manera, EN vuelca su fuerza en esas actividades porque sabe que los casos de hechos de tránsitos no tienen una legislación que permita las penas que ellos esperan.

Lo que nosotros decimos cuando nos reunimos con la Justicia, con los fiscales es: la verdad que es loco creer que hay aproximadamente 100 personas por año que en esta provincia se mueren hace ya tiempo, y que desde el 2008 solo hubo una persona condenada. (Entrevista a integrante de EN)

Vemos que EN redirecciona su fuerza en este tipo de actividades tras la frustración de sus expectativas punitivas debido a las penas leves y de cumplimiento condicional previstas por el Código Penal para los delitos culposos. Es decir, la actividad se aleja del plano judicial, las demandas continúan apuntando al Estado, pero ahora en la esfera de competencias legislativas provinciales y municipales. Esto determina que reorienten sus reclamos hacia medidas preventivas y sancionatorias, pero de carácter contravencional.

Entonces, si bien la organización se estructura como red de contención, los objetivos no se agotan ahí: consideran que la forma de ayudar a los demás es evitando que sigan ocurriendo ese tipo de hechos de tránsito. Y la forma de evitarlo -según su propuesta- es implementando controles, endureciendo penas para infractores y haciendo campañas de educación vial.

Por todo esto vemos que por un lado son fundamentales las articulaciones con otras OV, entre las que se destacan la Asociación de Lucha contra la Impunidad y Madres del Dolor, con quienes coorganizan actividades y se apoyan mutuamente. Y por otro lado, en lo más estrictamente político son clave las articulaciones con las instancias más tradicionales, tendiendo vínculos estratégicos con funcionarios y partidos políticos de las distintas esferas del poder estatal.

La Asociación de Lucha Contra la Impunidad (ALCI) es una organización que reúne a familiares de víctimas de diversos casos de impunidad e inseguridad, categorías que, como dice Galar (2015), son descriptivas y permiten englobar una heterogeneidad de casos muy disímiles entre sí y con diferentes relaciones con lo delictivo4. Lo que los une es el dolor, la indignación y la capacidad de instalarse y visibilizar un fenómeno a través de sus diversos efectos políticos (Galar, 2015). Sus integrantes destacan que la organización tiene el objetivo de contener y acompañar a los familiares, de cooperar para que los crímenes no queden impunes y para mantener viva la memoria de sus seres queridos. Según uno de los integrantes de la asociación: «Se plantea ayudar a otras familias y así obtener algo positivo del dolor.» (Declaraciones de integrante de ALCI, diario La Mañana de Neuquén, 29/04/2014)

Esta organización comenzó a gestarse en la vecina ciudad de Cipolletti, Río Negro, después de lo que se conoce como el primer triple crimen5, con el accionar de la tía de dos de las víctimas. Luego en el 2010, los familiares de Daniel Jadra6, Javier Galar7 y Alejandro Peri8 instalaron la organización en Neuquén. Primero se dedicaban más que nada al acompañamiento de familiares durante los juicios y a partir del 2014 comenzaron a realizar más actividades, instalándose en el espacio público neuquino.

No es tan claro en este caso identificar el vínculo que tienen con el Estado. Como hemos dicho, ALCI construye su reclamo de justicia en términos de seguridad, en este sentido por un lado la relación es de carácter conflictivo, porque a través de protestas exigen al Estado y más puntualmente al SAJP que actúe en pos de la justicia y critica sus falencias y hasta incluso detecta corrupciones. Pero, por otro lado, la relación también asume el carácter cooperativo porque esas falencias que critica trata de suplirlas mediante su actividad.

En una entrevista grupal a distintos integrantes de esta organización, ellos manifestaban la importancia de la voz de las víctimas en los espacios institucionales y criticaban por ejemplo que no los hayan llamado para debatir el Código Procesal Penal que se implementó en 2014:

Cuando fue lo de nuestro papá, nosotros le aportamos al fiscal y al abogado querellante múltiples pruebas y un montón de miradas que ellos no tenían. Entonces es importante la mirada de la víctima porque…imaginate, te acostás y te levantás pensando en eso, estás todo el día pensando en cómo hacer para encontrarle la vuelta. (Entrevista a integrante de ALCI)

Para ilustrar los intereses y concepciones de este grupo es útil recuperar las discusiones que plantean sobre el proceso judicial por un lado; y sobre la concepción de víctima por otro. Una de las principales cuestiones que critican del nuevo Código Procesal Penal es lo relativo a la prisión preventiva. En función de eso hicieron una juntada de firmas para acompañar el proyecto que presentó el entonces gobernador Jorge Sapag (MPN) buscando modificar dicho artículo.

Y sobre las víctimas, y esto va atado a su concepción de justicia, critican la desigualdad entre víctimas y victimarios en los procesos judiciales:

Yo siento que fue una burla hacia todo lo que fue mi causa. O sea, yo me quedé sin hijo, me apretaron el corazón, me desgarraron el alma y ellos vienen con que le están pagando $12.000 de subsidio, policía…que la mujer salía afuera y decía “la cara de ese policía no me gusta por cómo me mira” ¡y le tenían que cambiar el policía! Entonces tienen más derechos, más impunidad, más cuidados, más garantías los asesinos, los violadores y todos los demás que nosotros que somos las víctimas o los familiares de víctimas. Eso es lo que siento de la Justicia. Para nosotros, nada. (Entrevista a integrante de ALCI)

La Multisectorial contra la Represión Policial y del Gobierno de Neuquén y Río Negro (Multisectorial) surgió a principios del año 2013 tras el impacto que causaron en la sociedad neuquina los casos de Matías Casas y Braian Hernández, dos jóvenes asesinados por la policía. Dos hechos distintos pero con las mismas características: las víctimas fueron varones, jóvenes, pobres, residentes de barrios del oeste (Cuenca XV y San Lorenzo); y los victimarios fueron efectivos policiales (Héctor Méndez y Claudio Salas) que dispararon por la espalda; ambos casos despertaron la movilización de los familiares y allegados.

La Multisectorial articuló un diverso conjunto de actores: familias y amigos de víctimas de violencia policial, abogados de DDHH, partidos políticos y agrupaciones de izquierda, obreros de la fábrica recuperada Zanón, Madres de Plaza de Mayo, APDH, sectores del sindicato docente, centros de estudiantes de la universidad, entre otros:

Estas articulaciones político-sociales dan cuenta del perfil combativo de la organización, que tomó diversos casos en donde el Estado aparece como responsable: gatillo fácil, represiones, femicidios, desaparición forzada de personas y desalojos. Quien estuvo a la cabeza de la organización, o al menos se posicionó en un rol dirigente fue Ely Hernández, la mamá de Braian, uno de los jóvenes asesinados por la Policía. Esto da cuenta de una característica importante de esta organización: la participación de familiares de víctimas. Por eso, además este grupo suma como objetivo, al igual que los anteriores, la contención y acompañamiento entre personas que han experimentado pérdidas de familiares:

Esta Multisectorial tuvo como diferencia de otras multisectoriales, la participación directa de víctimas. Yo había participado en muchas multisectoriales contra la represión, contra la impunidad pero nunca con el componente este de que existan víctimas que vengan a plantear a las organizaciones acciones políticas para avanzar con sus causas o algo por el estilo. (Entrevista a integrante de la Multisectorial)

El carácter de Multisectorial le da una complejidad particular al grupo, ya que son distintos grupos con identidades políticas similares pero con trayectorias diferentes que se unen por un tema en común. Los familiares de las víctimas funcionan como un subgrupo dentro de la organización, dándole esta identidad particular que combina la identidad de organización de víctimas con la identidad de una organización social-militante.

Hay una serie de acuerdos en cuanto a algunas cuestiones de Derechos Humanos en todas las organizaciones que la conformamos que nos fueron acercando cada vez más con los compañeros del Encuentro Memoria Verdad y Justicia, con la Asociación de ex Detenidos y Desaparecidos. Y detrás de toda esta movilización intentábamos hacer el eje en el desmantelamiento del aparato represivo del Estado. (Entrevista a integrante de la Multisectorial)

Con todo esto queda claro el tipo de vínculo de la Multisectorial con el Estado: de carácter conflictivo, primando las protestas y reclamos, denuncian una continuidad -a nivel del aparato represivo- con la última dictadura cívico-militar. De manera que el «ser-víctima» que construyen es una identidad sumamente crítica y opositora al Gobierno provincial y nacional. El límite que marcan es bien claro: «Se requería una estructura para poder seguir avanzando en contra de mafias y contra de la impunidad tan establecida. Y que esa estructura no podía venir de ningún espacio que tuviese intereses en el Estado.» (Entrevista a integrante de la Multisectorial).

Pero la independencia del Estado no es una cuestión sencilla. Los propios integrantes de la Multisectorial identifican la dificultad de los familiares de víctimas de la represión estatal para sobrellevar la lucha que demanda tiempo y recursos de distinto tipo. En esa situación, la ayuda estatal en términos económicos es un aspecto que seduce. A esto las organizaciones contraponen la solidaridad militante: «Hay estructuras por parte del Estado también para cansar, para agotar, para que los familiares no lleguen.» (Entrevista a integrante de la Multisectorial).

Las actividades que llevó adelante la Multisectorial consisten principalmente en marchas y concentraciones en los espacios públicos y en general se suman a protestas de sectores afines. Establecieron vínculos y llevaron adelante actividades con familiares de víctimas de violencia estatal de otras partes del país, entre los que se destacan los casos de Luciano Arruga9 y de Daniel Solano10.

Desde un posicionamiento crítico contra el Estado, la Multisectorial se propuso acompañar los procesos judiciales como aspecto importante de su lucha. Así, las sentencias favorables son consideradas como una realización de justicia, es decir, estas organizaciones solicitan una intervención estatal que ponga límites y reconozca la ilegitimidad de otras intervenciones estatales previas.

La Multisectorial diferencia entre el deseo íntimo de los familiares y lo que efectivamente piden y persiguen con los procesos judiciales:

Buscamos justicia y no venganza. Esto ha sido una experiencia interesante en las familias. Porque uno es humano y a uno le pasa algo tan doloroso y fuerte y la primer reacción es la venganza, la necesidad de…Se llevaron algo muy valioso mío, algo yo por lo menos me tengo que llevar. (Entrevista a integrante de la Multisectorial)

Queda claro que la lucha en el aspecto jurídico es sumamente relevante para este grupo, aunque no el único. En todos los casos proyectan seguir con los procesos judiciales en dos sentidos: primero avanzar en causas contra los «responsables políticos» de las muertes; y segundo, seguir avanzando en las instancias judiciales en su aspecto más concreto, elevar los casos a la Corte Suprema de Justicia o a la Justicia Internacional llegado el caso.

Así, vemos que las OV conforman un conjunto heterogéneo donde la colectivización del reclamo —la conformación identitaria del grupo, el contenido del reclamo de justicia y el tipo de articulaciones políticas y sociales que establezcan— abre un camino de experiencias muy diversas entre sí.

Proceso de conformación, prácticas, demandas y articulaciones político-sociales

A pesar de las particularidades de cada caso, la trayectoria de los tres grupos se dio de una manera isomórfica: luego de la muerte de un ser querido el núcleo familiar, sin experiencias previas de participación en espacios públicos, se organizó casi espontáneamente. En todos los casos el primer apoyo que recibieron fue de las personas más cercanas (vecinos, amigos y/o compañeros de trabajo). En vistas a los juicios, los grupos de familiares y allegados fueron conformando su propia identidad como víctima, el modo de «ser-víctima», definiendo sus demandas y llevando adelante diversas actividades de protesta y presión. En ese camino, y como consecuencia de las articulaciones político-sociales establecidas en cada caso, todos los grupos terminaron participando en alguna OV junto a otros familiares.

Ahora, dentro de esa estructura similar entre los tres casos, vemos que el modo en que se vincularon con otros sectores se dio de manera distinta, que el contenido de los reclamos varía en cada caso y que el tipo de prácticas desarrolladas también tiene sus matices. Y, como veremos a continuación, estas diferencias son las que marcarán los diferentes vínculos con el SAJP. Veamos algunos puntos en común y algunas diferencias entre los casos.

Los tres casos tuvieron un impacto considerable en el plano político. Tras las muertes de las víctimas se oyeron diversas voces de miembros de los gobiernos provinciales y/o municipales y de funcionarios. En todos los casos, esos discursos apuntaron a la necesidad de esclarecer los hechos y encontrar a los responsables. En los tres casos, los vínculos con el Estado se dio a través de la demanda, la diferencia está en el contenido de la demanda: de ayuda o de acompañamiento en los casos de Belén y Franco (EN) y de Rogelio San Miguel (ALCI); o de acusación en el de Matías Casas (Multisectorial). Esto queda claro si pensamos que en los dos primeros casos los familiares pidieron y aceptaron pensiones o subsidios en términos de ayuda, mientras que en el caso de Matías Casas esa «ayuda» estatal era vista como una forma de manipulación.

En los tres casos son muy importantes los vínculos con otras víctimas o familiares de víctimas, pero no con víctimas en general sino que cada grupo define su «ser-víctima» y así se recortan los lazos a establecer. Nos referimos por ejemplo a que Belén y Franco y Matías Casas vivían en la misma zona de la ciudad, bajo una realidad particular que es la del oeste11, sin embargo, no hay punto de contacto posible entre sus familiares porque la construcción del «ser-víctima» es esencialmente diferente. Las familias de Belén y Franco se han puesto en contacto con familiares de otros hechos de tránsito y la de Matías Casas se puso en contacto con víctimas de la represión y la violencia estatal. Ocasionalmente las familias de Belén y Franco y EN como organización de la cual participan se vinculan con la familia de Rogelio San Miguel y ALCI y establecieron contactos entre los hechos de tránsito y las víctimas de la inseguridad. En una conversación no grabada con integrantes de ALCI les pregunté por los casos de gatillo fácil, y sin tener una opinión consensuada entre todos, en general la respuesta que primó fue que entendían el dolor de los familiares, que entendían su lucha, que los respetaban, pero que no compartían sus formas y que sobre todo no acordaban con la idea de limitarse a criticar todo lo que está mal.

Más allá de estas diferencias, las tres funcionan como redes de contención entre ellos y hacia esas otras víctimas similares. Es decir, a partir del sufrimiento como punto de contacto, establecen lazos atravesados fundamentalmente por lo emocional y los vínculos más fuertes se dan con quienes han experimentado el dolor de la pérdida en primera persona. En las diferentes entrevistas se pude detectar esta división en cuanto a la experiencia del dolor, elegimos la siguiente frase que resume claramente el planteo: «Muchas veces vienen y te abrazan y te dicen: “lo siento mucho”. Pero no, no lo sentís porque no lo viviste.» (Entrevista a integrante de ALCI).

Es interesante cómo en los tres casos los familiares manifiestan no haber tenido una experiencia militante previa, pero la muerte de un familiar los empujó a salir de su cotidianeidad, a salir de su esfera privada y posicionarse en el espacio público, a dialogar con altos funcionarios o a salir en los medios. Y esos procesos culminaron en la participación en espacios institucionales (EN, ALCI, Multisectorial) que les demandan un compromiso más allá de lo estrictamente personal, ampliando su lucha a otros casos similares. De manera que la participación en esas organizaciones, como dice Tilly (2000), les abre un mundo nuevo en el cual aprenden nuevas rutinas y establecen nuevos tipos de relaciones sociales.

A pesar de no tener esa experiencia militante, en los tres casos el repertorio de protesta se repite: sobre todo marchas, a las cuales se le suman elementos simbólicos para reforzar la cuestión identitaria, los tres grupos de familiares y allegados se hicieron remeras con las caras de sus seres queridos junto a inscripciones de pedido de justicia. Luego hay prácticas en las cuales se diferencian o incluso en las distintas modalidades de las marchas. En el caso de Belén y Franco las marchas eran silenciosas, mientras que en las de Matías Casas se desplegaban distintos recursos sonoros como altoparlantes y megáfonos. Pero la diferencia central está en el corte de calles. En el caso de Matías Casas, la mayoría de las actividades implicaban el corte de la circulación de autos, mientras que en los otros dos casos ésta era una consecuencia que se intentaba evitar.

Los alcances políticos son considerables y distintos según el caso. Esto lo analizaremos a continuación, pero adelanto algunos argumentos. El impacto político del caso de Belén y Franco puede verse en términos de demandas de políticas públicas relativas a la cuestión vial, lo que denominamos «instalación del reclamo». Los familiares de las víctimas y EN instalaron el reclamo en términos de necesidad de más controles en las calles, y desde ese aspecto han tenido una fuerte influencia en la agenda política y mediática consiguiendo el objetivo que se habían propuesto que era la ley de «alcohol cero» para los conductores. En el caso de Rogelio San Miguel el impacto político no viene tanto de ALCI como sí de los taxistas como corporación en relación con sus demandas por seguridad. Y en el caso de Matías Casas el impacto viene desde la organización popular como elemento que ayuda a mantener vigente y unida la lucha de los sectores más combativos.

En cuanto a las demandas, los tres casos de estudio se pueden caracterizar como «demandas ofensivas» (Pitch, 2003) en tanto luchan por la afirmación de valores percibidos como nuevos. En los distintos casos la demanda básica se dio por «justicia-justa»12, pero en ningún caso las demandas se agotaron ahí, sino que se fueron ampliando hacia distintos horizontes. En el caso de Belén y Franco los reclamos se orientaron a todo lo que hace a la cuestión vial en general y al rol del Estado en el control y educación al respecto. En el caso de Rogelio San Miguel, además de las demandas por «justicia-justa» se dio un fuerte reclamo por «seguridad corporativa» por parte de los taxistas y una demanda general contra la inseguridad. En el caso de Matías Casas, el esclarecimiento del hecho y castigo al culpable significaba una denuncia directa contra el aparato represivo del Estado, señalando las políticas y prácticas violentas hacia determinados sectores sociales. Dicho planteo lleva de la mano la denuncia contra la impunidad del poder que se expresa -según su denuncia- en los vínculos entre el Gobierno, la Policía y el SAJP.

Es interesante que en los casos de Belén y Franco y en el de Rogelio San Miguel, la extensión de las demandas se fue dando con el tiempo, pero en el caso de Matías Casas desde el principio el reclamo se hizo con ese nivel de generalidad. Esto se debe a haber sido considerado como un caso de gatillo fácil y por la inmediata vinculación con los organismos que tratan ese tipo de casos.

Si la demanda de «justicia-justa» es la demanda básica en los tres casos, se desprende que los familiares y allegados de las víctimas se centran en el proceso judicial como instancia importante para lograr la resolución penal del caso.

La noción de sociedad-víctima y representatividad de la figura de la víctima también puede rastrearse en todos los casos. Pero si miramos un poco más en detalle, en el caso de Matías Casas más que una generalización hay una sectorización de esa identidad víctima. Veamos la diferencia: «Yo les pido la máxima colaboración porque hoy fueron nuestros hijos pero mañana pueden ser los hijos de ustedes.» (Declaraciones de la mamá de Belén, diario La Mañana de Neuquén, 22/10/2008). «Lamentablemente esto pasó con un colega, pero podría haber pasado con él o con cualquier otro.» (Entrevista Al presidente de la Asociación de Propietarios de Taxis). «No es igual en el centro. A un chico de Santa Genoveva13 no lo hubiesen matado por la espalda.» (Declaraciones del papá de Matías Casas, diario Río Negro, 11/05/2015)

Así se ve cómo tanto los familiares de Belén y de Rogelio San Miguel consideran que lo que les pasó a ellos les puede pasar a cualquiera: generalización de la victimización. Pero la familia de Matías lo hace extensivo a un sector particular de la sociedad, no al conjunto social: las víctimas de la violencia policial son jóvenes varones de los barrios pobres del oeste de la ciudad. Por eso nos referimos a una «sectorización de la victimización». El padre de Matías señalaba en la entrevista que no es un riesgo para los jóvenes de los barrios céntricos o de clase media ser alcanzado por una bala policial, pero sí lo es para los jóvenes, varones, pobres de los barrios del oeste de la ciudad.

A diferencia de los otros casos, con Matías Casas, la identidad colectiva que se construyó en el proceso conflictivo (Melucci, 1994) se anudó en el intento de ligar la victimización no ya con un evento aislado -como la explica Pitch (2009)- sino justamente como algo directamente ligado con la biografía de los sujetos víctimas. A nivel identitario, aquí el estigma no se fija sobre el victimario —en la construcción del sujeto delincuente— sino en la víctima: el discurso de la organización denuncia que los jóvenes, varones, pobres, residentes en el oeste de la ciudad de Neuquén son asesinados por las fuerzas represivas del Estado como consecuencia de una política de criminalización de la pobreza que se extiende mucho más allá de la problemática local.

Matías Casas pertenecía al sector social excluido, marginado y temido según los discursos sociales: una víctima poco legítima y poco inocente. De manera que el reclamo de castigo por parte de sus familiares y allegados no encaja a la perfección en la conceptualización que presentamos anteriormente de Tamar Pitch, sino que el lugar cuestionado que Matías Casas ocupa en la jerarquía de las víctimas pone en tensión la idea de sociedad-víctima: no todos los padres y madres temen que la Policía mate a sus hijos, éste es un miedo que existe puntualmente para determinado tipo de jóvenes, los residentes del oeste.

Lo último para señalar son las distintas articulaciones que cada grupo estableció, en relación a cómo construyeron sus demandas. En el caso de Matías Casas los vínculos se dieron con los integrantes del campo de protesta neuquino, portadores de un habitus militante14 que le imprimieron al caso un tinte combativo y opositor a todas las instancias de Gobierno. Mientras que en los casos de Belén y Franco y de Rogelio San Miguel los vínculos se dieron sobre todo con el arco político más conservador.

El deseo de castigo, la colectivización del reclamo y la judicialización del conflicto

Ahora analizaremos la relación entre los reclamos de castigo y el SAJP desde las expectativas de castigo y el significado simbólico de la pena. En otras palabras: ¿qué es lo justo para los familiares y allegados de las víctimas? ¿Qué esperan del proceso judicial y de la sentencia? ¿Qué concepción de justicia opera en sus discursos?

El caso de Belén y Franco

Los familiares y allegados de Belén y Franco piden recurrentemente por la pena máxima para el conductor responsable de la muerte de los jóvenes. La expresión pena máxima reemplaza el pedido concreto de la pena que piden, ya que no saben qué es lo que pueden pedir debido a la incertidumbre de si se considera el dolo eventual o no. Pero expresa al mismo tiempo el deseo de lo que quieren: todo el dolor posible para el responsable de la muerte de sus hijos. No importa cómo, pero debe pagar por lo que hizo, ese el pedido de los familiares.

La figura del dolo eventual atraviesa la lucha judicial por el pedido de justicia. En el marco del juicio la querella solicitó la pena de 25 años de prisión por doble homicidio con dolo eventual. La condena que dictó el Tribunal a 5 años de prisión fue considerada por los familiares como una pena demasiado baja. Los familiares denuncian el «desequilibrio» entre la muerte de dos jóvenes y una pena a 5 años de prisión para el responsable. No hay un trueque simbólico que permita negar al otro y así reafirmarse a sí mismo.

Igualmente, más allá del monto de la pena, queda claro que para los familiares y allegados de las víctimas el intercambio de dolor nunca va a ser equivalente. Al menos nunca dentro del SAJP, que es el castigo que pueden lograr. Incluso pensando en la idea de pena máxima el trueque simbólico no alcanzaría para reconstruir una situación anterior que fue alterada:

Queremos que la familia de este chico sepa el sufrimiento que hemos atravesado. Ellos podrán pasar 18 ó 25 años de dolor, si lo condenan a esas penas. Nuestro dolor por haber perdido a nuestros hijos será por toda la vida. (Declaraciones del padre de Franco, diario La Mañana de Neuquén, 03/12/2009)

El caso de Rogelio San Miguel

El reclamo de castigo por una muerte violenta generalmente tiene como punto de partida la inocencia de la víctima, lo injusto del hecho. Legitimando así la identidad de víctima, que luego le dará legitimidad moral a las organizaciones que conformen. Y como la construcción identitaria se proyecta de manera antitética, al otro a quien se busca castigar se le desea lo contrario. Recupero palabras de la viuda de Rogelio San Miguel para aclarar esta idea: «Rogelio no se merecía esto, era una persona buena. Este tipo se merece morir en la cárcel, porque lo que nos hizo es imperdonable». (Declaraciones de la viuda de la víctima, diario Río Negro, 19/09/2014).

Y es que no hay pena ni castigo que logre recomponer la situación anterior. No hay manera cuando se trata de una muerte. «Se hizo justicia, pero él no está conmigo. Él nunca va a estar conmigo.» (Entrevista a la viuda de la víctima)

Entonces, el deseo que despierta la muerte de un «inocente» pretende devolver al responsable la misma cantidad de dolor. Encarando la lucha en el marco del campo jurídico, «judicializando el conflicto», ese deseo no es posible de satisfacer, lo que sucede es que se trasmuta en un pedido de la mayor cantidad posible de años de cárcel. La viuda de Rogelio San Miguel tiene un discurso con respecto a la expectativa del castigo que va en consonancia con los lineamientos generales de ALCI, que como organización tiene un discurso «moderado» con respecto a los castigos que merecen los responsables de los delitos que denuncian. Digo que como grupo tienen un discurso moderado, porque hablando con los integrantes por separado el discurso es bastante más encendido que cuando hablan todos juntos como organización.

Lo que buscamos nosotros en definitiva no es palo, bolsa…porque si no saldríamos a matar a los delincuentes que asesinaron a nuestros familiares. Por ahí en lo personal ‘Azu’ está re caliente y le encantaría que se pudra en la cárcel el asesino de su amigo. De papá también, uno quiere ahorcarlo, pero en la lucha nosotros lo que estamos buscando es un equilibrio. (Entrevista a integrante de ALCI)

En muy clara la distinción que hace ALCI entre los deseos individuales y la sus reclamos colectivos. Un vez más, la «colectivización del reclamo» marca la racionalización de las demandas, trasmutando la cruel afirmación de sí mismo hacia la reafirmación colectiva:

Deseamos eso en lo individual. En lo individual. En lo individual la víctima ¿cómo lo va a plantear? Como una locura de querer acogotar a la persona que le hizo un daño. Pero cuando vos lo planteas en términos generales el sistema de garantías tiene que funcionar, pero para todos. (Entrevista a integrante de ALCI)

El caso de Matías Casas

En la entrevista al padre de Matías Casas, tratando de indagar sobre cuáles eran sus expectativas sobre el proceso judicial, él declaró que lo único que esperaba era una «resolución como corresponde». ¿Pero qué es lo que corresponde?:

Que se haga justicia y que se lo condene (al policía) […] Le corresponde una cadena perpetua porque no le dio valor a la vida de mi hijo […] Yo por mi pediría la vida de él, que sería lo justo para mí, porque él quitó una vida.

Si fuese por el sentimiento individual, el padre de la víctima pediría la muerte del acusado («Yo por mi pediría la vida de él»), pero no es eso lo que pide, hay un claro límite y diferenciación entre sus deseos individuales y «lo posible». Lo que el padre de la víctima espera del SAJP es que se lo condene, y la condena esperada es la cadena perpetua. Este pasaje de los deseos individuales a lo posible expresa -o es producto- tanto de la «colectivización del reclamo», como de la «judicialización del conflicto». En la entrevista a la abogada de la familia Casas, al preguntarle por la calificación penal del caso y la expectativa por la condena, ella comentó su objetivo:

[…] demostrar que no es una cuestión aislada, sino que es parte de una política que tiene responsabilidad estatal. Por eso es una causa de violación a los Derechos Humanos, porque está involucrado el Estado. No es una cuestión entre particulares, no es Méndez y Matías. Es un policía que tiene un arma porque el Estado se la da, que asesina a un pibe porque la política represiva del gobierno se lo permite.

Es interesante relacionar la expresión del deseo individual del padre de la víctima (la vida del policía), el pedido de lo posible (la cadena perpetua) y las expectativas de su representante legal. Estas son las mutaciones que expresan ese pasaje entre la cruel afirmación de sí mismo y la reafirmación colectiva. Las racionalizaciones que imprime el campo jurídico van modelando ese sentimiento inicial lo que no necesariamente implica un cambio en la esencia del reclamo. El deseo vindicativo va asumiendo distintas formas en la medida en que se va ajustando a las reglas del campo jurídico, veamos cómo un proceso similar se da en el proceso de «colectivización del reclamo».

El conflicto se construye públicamente como el enfrentamiento de dos identidades antitéticas. En este caso, el nosotros fue articulándose con grupos ya constituidos, por ejemplo partidos de izquierda, organismos de DDHH y grupos militantes. Pero el gran empujón de esta movilización se dio tras el segundo caso de gatillo fácil seis meses después en la misma zona de la ciudad, el caso de Braian Hernández que desembocó en la organización de la Multisectorial. Son los valores en común (que bien podríamos resumir como la defensa de los derechos de los sectores vulnerables) los que los aglutinan, los integrantes del grupo comparten una ideología, un ideario político y se enfilan dentro de la matriz de protesta neuquina. Por lo tanto, el enemigo es igualmente común y compartido: la institución policial, la represión estatal.

En este marco, lograr una condena a cadena perpetua para el policía Méndez era un anhelo y un objetivo fundamental de la lucha de los familiares y allegados. Por eso, que el policía sea juzgado con los agravantes se volvía una disputa central.

Vemos, en estos tres casos, que la «colectivización del reclamo» y la «judicialización del conflicto» se entrelazan y se mezclan constantemente; vemos cómo las racionalizaciones que operan en el campo jurídico van modelando los reclamos, asumiendo distintas formas en la medida que se van ajustando a las reglas del campo en el cual las OV se sitúan como agentes que reclaman castigo. En relación con la «colectivización del reclamo», el pasaje que allí se da nos hace poner el foco en las acciones colectivas y la organización de familiares y allegados que contienen, modelan y/o amplifican los deseos y sentimientos individuales. De manera que la cruel afirmación de sí mismo y la reafirmación colectiva son dos planos de análisis que se yuxtaponen permanentemente dado que hay un constante devenir del primero hacia el segundo: la demanda individual de los familiares directos (padres, madres o esposa en los casos que aquí estudio) que apuntan a un intercambio equivalente de dolor, se convierten en el pedido del grupo por una condena a prisión como forma de disputar visiones legítimas. En todos los casos los familiares y allegados de las víctimas significan a las sentencias en términos de mensajes hacia la sociedad: «No puede ser que conduzcas alcoholizado, mates a dos personas y sólo te den cinco años.» (Declaraciones de la madre de Franco, diario La Mañana de Neuquén, 16/03/2010). «No puede estar libre, esa persona en la calle es un peligro para cualquier ser humano.» (Declaraciones de la viuda de Rogelio San Miguel, diario La Mañana de Neuquén 14/09/2014). «Con una condena a perpetua se fijarían [los policías] un poco en lo que hacen. Tendrían más cuidado.» (Entrevista al padre de Matías Casas)

En pos de resaltar los efectos simbólicos y políticos de la instancia judicial, es útil pensar los casos como rituales de castigo. «Por medio de las prácticas rituales periódicas los sentimientos sociales mantienen su fuerza y vitalidad» (Garland, 2010: 88), por medio de ellas se le da un marco a la emoción popular, no solo es un ámbito de expresión sino también -y sobre todo- un espacio de organización de esas emociones y de las lecturas que el público debería tener. Es en las calles donde los sentimientos colectivos del grupo se transforman en reclamos que exceden a lo particular de cada caso, y así los lazos de solidaridad dan lugar a una nueva fuerza social (Gutiérrez, 2006).

Lo decisivo para que un conflicto personal pase a ser un conflicto general es la identificación con ciertos valores o intereses. Justamente los casos que se presentan como emblemáticos son los que tienen un poderoso efecto representativo, los que catalizan sentimientos más o menos generalizados (Gutiérrez, 2011a). De esa manera se amplía el poder del reclamo en un nosotros, pasando a ser un símbolo colectivo (Gutiérrez, 2006).

Ese enemigo —el ellos que significa diferente de nosotros diría Bauman (2010)— representa todo lo malo que victimiza al sujeto colectivo encarnado en la organización de familiares y allegados de las víctimas. Cerrar filas contra un enemigo en común fortalece los lazos de solidaridad hacia el interior del grupo. Por ejemplo, en la entrevista el padre de Matías Casas, él decía:

A algún milico de uniforme que entró a mi negocio lo he sacado cagando. Le dije: «la foto de ese pibe que está ahí, es mi hijo y lo mató un milico. Y a mí me cae mal la policía. Así que así de milico no vengas más». En cualquier momento voy a poner un cartel en la puerta de «prohibido milicos».

Con lo dicho hasta acá, y siguiendo la idea de Garland (2010) acerca de que los rituales de castigo son situaciones sociales en las que se estructura el sentimiento individual al mismo tiempo que se le otorga una liberación catártica, podemos analizar la necesidad del castigo y su significado simbólico a través de dos variables: una más ligada al plano de lo individual, que refiere al descanso de la víctima; y otra de nivel colectivo que señala el impacto político y social del proceso.

Como hemos visto, más allá de la acción vindicativa, lo que expresan los familiares de las víctimas es que la pena nunca es suficiente para ellos. En relación con la justicia como valor moral, Gutiérrez (2006) señala que la negación del victimario es lo que conduce al estar en paz. Más puntualmente, es lo que permite que el muerto descanse en paz y en alguna medida permitiría llenar el espacio vacío: «Recién ahora empezaré a disfrutar de mi familia y vos Rogelio podés descansar en paz.» (Declaraciones de la viuda de Rogelio San Miguel, diario Río Negro, 19/09/2014). El juicio «para mí va a significar cerrar un capítulo. Sí, porque así no dejás descansar a la persona que partió. Porque aparte revivís momentos todo el tiempo.» (Entrevista a la hermana de Matías Casas)

Vale aclarar que para Gutiérrez (2006) este estado de paz es un momento efímero, la condena logra un efecto apaciguador y de unión pero éste es solo un estado pasajero. Cuando no hay algo inminente por lo que luchar, cuando la atención mediática apaga la luz, reaparece la ausencia y el vacío.

El concepto de función latente (Merton, 1992) aclara el análisis de normas sociales aparentemente irracionales. Cuando se ven prácticas sociales que persisten más allá de que no se logre conseguir su finalidad manifiesta, hay que pensar en qué otras consecuencias puede estar produciendo, qué función puede estar cumpliendo ese acto. Lo que en apariencia es irracional, puede ser positivo para el grupo, cohesionarlos por ejemplo.15

Entonces, más allá de las condenas a los responsables de las muertes de las víctimas, que permitiría saciar la necesidad de castigar, al mismo tiempo que permitiría dejar descansar en paz a la víctima y “así cerrar un capítulo”, todos estos reclamos tienen como trasfondo la lucha contra el no-castigo. ¿Qué pasaría si los responsables no fuesen castigados? ¿Qué pasaría si las muertes no tuvieran una consecuencia en el victimario? ¿Qué efecto simbólico tendría un no-castigo?

Analizando las demandas y las prácticas de los familiares y allegados de las víctimas, el no-castigo es un mal en sí mismo. De ahí que el castigo pueda significar además de todo lo ya dicho, una definición más amplia a nivel social y político: si alguien mata, no va a ser gratuito. Aquí se puede hacer un contrapunto entre los casos de Belén y Franco y el de Matías Casas. En el caso de gatillo fácil la abogada de la familia Casas decía en la entrevista:

…tiene que ver con una política de represión que hay desde la Policía de Neuquén hacia la juventud, que se comprueba, que ahora muestra la impunidad con la que se manejan con…lo de Matías fue en julio y en diciembre un policía fusila por la espalda a Braian Hernández de 14 años y está libre. [Esto demuestra] la impunidad general y el clima de represión que hay en el discurso del gobierno: que la vida de los pobres no vale nada, que llenan las calles de policía, de patrulleros y todo.

En este sentido, planteado así el escenario, la lucha y el pedido de justicia y castigo tiene aristas que en principio no son explícitas en este caso: «Acusar a policías en el sistema judicial es un enfrentamiento contra el Estado.» (Entrevista a la abogada de la familia Casas)

Pero en el caso de Belén y Franco, como hecho de tránsito el no-castigo o el castigo insuficiente es una posibilidad por la propia letra de la Ley. De ahí que el objetivo de EN sea no tanto la lucha por la resolución judicial de los casos, como sí la reforma del Código Penal, o la implementación de controles de tránsito que desplieguen un amplio abanico de sanciones.

En ambos procesos de unión y lucha, de reestructuración de sus identidades, de pérdidas y nuevos lazos de solidaridad, vemos que la pelea inicial por la muerte de un hijo se convierte en una lucha por y para otros, hay una reivindicación que excede el caso particular: «Queremos que reflexionen y que tomen conciencia para que no le pase a otros hijos.» (Declaraciones del padre de Franco, diario La Mañana de Neuquén, 22/09/2009). «No es que fue el caso de Matías y se terminó ahí. Sino que es el caso de Matías, el caso de Braian y evidentemente hay que unirse para que dejen de matar a los pibes.» (Entrevista a la abogada de la familia Casas)

De esta manera, en un análisis más amplio del significado y efecto simbólico de la pena, vemos cómo la Justicia punitiva aparece como proveedora de seguridad ontológica16 y de subjetividad que se convierte en una práctica cultural (Gutiérrez, 2011a). «La historia de los movimientos punitivos recientes es la historia de la recreación de reacciones emocionales que buscan la construcción o la defensa de una identidad colectiva» (Gutiérrez, 2011b:9). Y la construcción de esa identidad colectiva se hace al calor del devenir político de los reclamos, que va modelando a los grupos en general pero también a sus integrantes en particular y sobre todo va dando forma a los reclamos e identificando a los interlocutores.

Vínculos con el SAJP

Hasta aquí vemos cómo en la lucha por la justicia se desprenden distintos tipos de reclamos con diversos alcances en cuanto a objetivos y destinatarios, y que por lo tanto tienen como escenario distintos ámbitos de disputa. Es decir, el proceso de construcción del «ser-víctima» habilita diversos usos políticos y sociales, diversas formas de organización que permiten la emergencia de distintos actores intervinientes. Con esto nos referimos a que la instancia judicial es solo una dimensión de la lucha por lo tanto tiene la capacidad de satisfacer solo algunas de las demandas.

Como dice Pitch (2003), el problema se construye a partir de la solución que se propone. Y en estos casos vemos cómo el SAJP se ve desbordado. La cuestión es que generalmente (según el grado organización y tipos de vínculos que establezca el grupo) a partir de una muerte el abanico de reclamos que se abre va mucho más allá del deseo de castigo como trueque simbólico. O, como en los casos de muertes el trueque simbólico nunca es suficiente porque no hay manera de recuperar a un ser querido, esa insatisfacción busca ser saciada en otros horizontes. En este sentido, y frente a la insatisfacción imposible de resolver, vemos que el valor del castigo puede ser simplemente efímero: «Lamentablemente nadie nos va a devolver la vida de nuestros hijos.» (Declaraciones de familiares de Belén y Franco, diario La Mañana de Neuquén, 20/08/2008). «Ni la peor pena me va a devolver a Rogelio.» (Declaraciones de la viuda de Rogelio San Miguel, diario Río Negro, 19/09/2014). «Tu hijo está vivo y el nuestro no.» (Declaraciones del padre de Matías Casas, diario Río Negro, 22/05/2014)

Además, en este análisis se puede ver cómo en el proceso de lucha, primero por lo más inmediato a sus casos y luego por la ampliación de los reclamos, los grupos de familiares y allegados se van construyendo en OV conformándose como un agente dinámico y activo que permanentemente demanda protagonismo, ser escuchada y tener voz e incidencia en todos los espacios en los que vuelca sus reclamos.

Para sintetizar, esquematizamos los tres ejes que permiten comprender la relación entre reclamos de castigo y la posibilidad (o no) del SAJP de satisfacer esas demandas:

a) La necesidad social de castigar: el «ser-víctima» es una identidad construida a partir de un hecho puntual que implica la división entre un nosotros como lo inocente y un otros como lo que merece ser castigado. Surge la necesidad de compensar y restituir la situación que ha sido dañada, alterada, que lógicamente en casos de muertes es una necesidad imposible de satisfacer. Ante esa imposibilidad el deseo de reciprocidad aumenta exponencialmente.

b) El SAJP como oportunidad de castigo: hemos visto cómo el Estado ha confiscado el poder de castigar —ese plano individual cargado de deseos y sentimientos— y lo ha canalizado por un buen camino, como dice Girard (1983), convirtiendo a la venganza en justicia. La ley se presenta como la representante del valor fundamental del grupo que clama por castigo. De manera que el deseo de castigo se racionaliza e institucionaliza en el marco del SAJP, única alternativa válida para satisfacer ese deseo.

c) El más allá del castigo: pero cuando el vacío interminable y el dolor irreparable se conjuga con un proceso de organización el deseo de castigo se resignifica: la insatisfacción que no puede ser resuelta por las palabras de los jueces, por la aplicación de dolor -siempre exiguo- al otro, hace que el deseo de castigo se trastoque, se resignifique, se amplifique. De ahí que los reclamos de las OV se den en los más diversos escenarios, en donde el campo jurídico es solo uno de ellos, importante pero no exclusivo. Es decir, se hace evidente cómo en la lucha por la justicia la «colectivización del reclamo» es un proceso sin límites claros, que puede dar lugar a distintas experiencias motivando distintos tipos de reclamos con diversos alcances en cuanto a objetivos y destinatarios, y que por lo tanto tienen como escenario distintos ámbitos de disputa.

A modo de conclusión: lo que la muerte nos dejó

Nos interesa señalar que lo que la muerte deja son grupos de familiares y allegados que se dieron vida como sujeto colectivo a través de un proceso de conformación sin límites precisos ya que, como vimos, en general los grupos comenzaron moviéndose con cierta espontaneidad impulsados por el dolor y llegaron a distintos grados de organización según el caso. Es decir, en el reclamo por justicia se desprenden otras demandas con diversos alcances en cuanto a objetivos y destinatarios, y que por lo tanto tienen como escenario distintos ámbitos de disputa. Es decir, el proceso de construcción del «ser-víctima» habilita diversos usos políticos y sociales, diversas formas de organización que permiten la emergencia de distintos actores. De manera que pensar el «más allá del castigo» como lo que excede al campo jurídico, nos muestra un conjunto de OV que aparecen como agentes dinámicos y activos que permanentemente demandan protagonismo, ser escuchadas y tener voz e incidencia en todos los espacios en los que participan.

Entonces, como hemos venido diciendo, las OV conforman un amplio y diverso abanico de expresiones sociológicas y políticas. Sin embargo, en la sociología del castigo en general se construye la categoría de víctima de manera metonímica sobre-representando a las víctimas de la (in)seguridad y sus reclamos de corte más punitivistas. Pero aquí hemos visto que este vínculo (víctima-punitivismo) no es excluyente de la construcción de otras formas de reclamos, que incluso transitan caminos ajenos al SAJP y de la respuesta exclusivamente represiva.


1 Distinguimos justicia como valor social o sentimiento, de Justicia/Sistema de Administración de Justicia Penal como una institución estatal. Para profundizar sobre el tema ver Gutiérrez (2011b).

2 La palabra de la autoridad judicial aparece como algo indiscutible, esto Bourdieu (2005) lo presenta como el efecto de la conjunción de la retórica de la autonomía, la neutralidad y la universalidad. El efecto de neutralización refiere al predominio de las construcciones pasivas y de los giros impersonales, que muestran al enunciante como un sujeto universal, imparcial y objetivo. El efecto de universalización se logra con la utilización del modo indicativo para enunciar las normas, el uso del indefinido y del presente intemporal y la presuposición de un consenso ético.

3 Organización de familiares de víctimas de hechos de tránsito que, si bien surgió en Córdoba en 2008, actualmente tiene diversas filiales en distintas zonas del país. Sus ejes son la prevención, la educación y concientización, y el acompañamiento de las víctimas.

4 Al momento de hacer las entrevistas en ALCI se estaban tratando casos de homicidio, de abusos sexuales y de mala praxis.

5 En 1997 las hermanas María Emilia y Paula González, y su amiga Verónica Villar fueron brutalmente asesinadas.

6 Repartidor de pan y militante del MPN que en febrero de 2009 sufrió un robo y fue asesinado en un barrio del oeste de la ciudad.

7 En el 2006, Javier Galar de 27 años fue asesinado a golpes por cinco jóvenes en el centro neuquino.

8 En el 2009, en el oeste de la ciudad de Neuquén fue asesinado en ocasión de robo.

9 Adolescente desaparecido en 2009 por la Policía Bonaerense. Y que fue hallado en el 2014 enterrado como NN en el Cementerio de la Chacarita en Buenos Aires.

10 Joven trabajador rural salteño desaparecido en 2011 en Choele Choel, Río Negro.

11 El oeste de la ciudad de Neuquén es la zona más densamente poblada de la capital y abarca una gran cantidad de barrios humildes, villas de emergencia y tomas de tierras. Los barrios más conocidos son San Lorenzo norte y sur, Gran Neuquén norte y sur, Hipódromo, Toma Belén, Toma Paraíso, Alma Fuerte, Valentina norte, Cuenca XV, Toma 7 de mayo, Villa Ceferino, Toma Espartaco, Toma Los Hornitos , Barrio Z1, Atahualpa I y II y Toma La Familia.

Cuanto más al oeste se sitúan los barrios, más se achican sus posibilidades de servicios de agua, luz, gas, transporte público, recolección de residuos, asfalto, alumbrado público, salud y educación. Por ejemplo, según el censo del 2011, el 71% de la población de Valentina Norte Rural y el 56% de HI-BE-PA (Hipódromo, Belén y Paraíso) tienen sus necesidades básicas insatisfechas.

El oeste no solo sufren estas carencias, sino que además cargan en su conjunto con una fuerte estigmatización -proveniente tanto del discurso político como mediático y que ha calado profundamente en el sentido común- como barrios peligrosos en donde el narcotráfico, la muerte y el delito aparecen como moneda corriente.

12 Fórmula que resume dos demandas fundamentales: esclarecimiento de los hechos y castigo a los culpables.

13 Barrio céntrico y de clase media de la ciudad de Neuquén.

14 «Disposición construida por los actores como resultado de la internalización relacional entre las percepciones subjetivas y las condiciones objetivas, historia de luchas “hecha cuerpo”, inculcada generacionalmente y cristalizada en un “sentido práctico” orientado, en este caso, a la acción colectiva directa.» (Aiziczon, 2007: 8).

15 A partir de la crítica a los postulados del análisis funcional, Merton propone que una misma cosa puede tener múltiples funciones, al igual que una misma función puede ser desempeñada por muchas cosas. Pero lo que interesa fundamentalmente en este caso es la existencia de acciones que pueden producir consecuencias no buscadas, es decir las funciones latentes que permiten ver más allá de lo deliberado y manifiesto. La pena castiga, la pena culpa, la pena retribuye, la pena hasta incluso previene. Pero ¿es posible pensar en un saldo líquido de consecuencias funcionales? El punto de partida, siguiendo la lógica que propone Merton, es estar atentos a las consecuencias que no se ajusten a los propósitos e intenciones iniciales, de ahí que sea válido ampliar el análisis a otras posibles consecuencias, mirar más allá de las funciones positivas o funcionales. En otras palabras, detrás de los reclamos y sus fundamentos explícitos es interesante rastrear las consecuencias de este proceso en aspectos no esperados.

16 Jock Young propone el término inseguridad ontológica para describir la situación en la que «la auto-identidad no está incorporada en nuestro sentido de continuidad biográfica, cuando el caparazón protector que elimina los retos y los riesgos de nuestro sentido de seguridad se debilita y cuando un sentido absoluto de nuestra normalidad se desorienta a causa del relativismo de los valores que nos rodean» (Young, 2003: 32)

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Páginas Web consultadas

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Como citar este artículo:

Alfieri, E. (2019) Organizaciones de víctimas, reclamos de castigo y justicia penal. Experiencias en la ciudad de Neuquén entre los años 2008 y 2015. Delito y Sociedad. Revista de Ciencias Sociales. 28(47), 79-109.