Recensión de tesis

Política de desjudicialización de conflictos interpersonales en la Provincia de Santa Fe. La mediación prejudicial obligatoria. Una mirada crítica

Virginia Lenarduzzi (Tesista)
Claudia Guadalupe Kilibarda (Dir. de tesis)

Documentos y Aportes en Administración Pública y Gestión Estatal

Universidad Nacional del Litoral, Argentina

ISSN: 1666-4124

ISSN-e: 1851-3727

Periodicidad: Semestral

vol. 21, núm. 37, 2021

jvigil@fce.unl.edu.ar



DOI: https://doi.org/10.14409/daapge.2021.37.e0023

El trabajo es una intervención en el debate alrededor de la problemática de la resolución extrajudicial de conflictos. Se trata de un estudio de caso centrado en el análisis de la herramienta implementada por Ley Provincial 13151 de Santa Fe, llamada Mediación Prejudicial Obligatoria (en adelante MPO), en el marco de la política presentada como de desjudicialización de conflictos personales en la provincia de Santa Fe.

La situación problemática se construye desde el análisis del sistema institucionalizado de administración de justicia de la provincia de Santa Fe, el que presenta algunos problemas de funcionamiento vinculados, en general, al exceso de causas judiciales en aumento constante, frente a una estructura administrativa que no crece en la misma proporción, lo que produce una ralentización en el servicio. Además, el servicio de justicia es excesivamente oneroso, para los justiciables y para el Estado, y es esencialmente formal, público y burocrático (en el sentido más negativo del término).

Estos inconvenientes motivaron, a lo largo del país, programas llamados de modernización o reforma de los sistemas judiciales y que se instrumentaron a través de diversos mecanismos, por ejemplo, con la modificación de los códigos de procedimiento buscando la oralidad en los procesos judiciales, o con modificaciones institucionales como la recepción de la figura del Ombudsman, redefinición de las funciones de los Ministerios Públicos, informatización de los procedimientos. En este contexto en la Provincia de Santa Fe en el año 2010 se sancionó la Ley 13151, se creó dentro del ámbito del Ministerio de Justicia la Dirección Provincial de Desjudicialización de conflictos interpersonales, y se puso en marcha la implementación de la MPO.

Entre los objetivos de la implementación de esta herramienta se encontraba la necesidad de descongestionar de causas los juzgados civiles, comerciales y de familia, y avanzar hacia un sistema de solución de conflictos que amplíe los ámbitos de libertad y autonomía de las personas. Y si bien la mediación podría considerarse una herramienta valiosa, dado que presenta virtudes como mecanismo alternativo para resolver conflictos -pues en comparación con el procedimiento judicial, resulta más rápida, menos onerosa y la solución del conflicto depende exclusivamente de las partes-, lo cierto es que su diseño e implementación en la provincia de Santa Fe, encendería algunas alarmas que es necesario considerar. Esas alarmas estarían provocadas por la introducción de algunos caracteres que alejan el instituto de su naturaleza y, además, tensionan con principios y valores superiores del Estado.

Partiendo de los indicios encontrados en estudios preliminares planteamos la hipótesis de investigación de la siguiente manera: La Mediación Prejudicial Obligatoria implementada en la provincia de Santa Fe no resultaría una herramienta eficaz para la desjudicialización de conflictos privados, y además tensiona con el rol equilibrante e igualador del Estado. Como objetivo general nos propusimos analizar críticamente la política pública de implementación de la Mediación Prejudicial Obligatoria en nuestra provincia, sistematizar sus inconvenientes y evaluar si produjo una reducción de la litigiosidad.

El trabajo de investigación es un estudio de caso en la Provincia de Santa Fe, entre los años 2011/2018 y está realizado tanto desde un enfoque cualitativo como cuantitativo, y sus alcances son descriptivos y exploratorios, dado que fue necesario un conocimiento más profundizado del programa implementado, más allá de la mera letra de la ley. La investigación propiamente dicha se divide en un estudio estrictamente cuantitativo, de análisis de datos para conocer si la MPO fue eficaz en la reducción de la litigiosidad en el período estudiado; y otro cualitativo, enfocado en el análisis del grado de tensión del diseño de la política pública con el rol igualador del Estado y con los incentivos necesarios para facilitar la solución de conflictos. Luego del trabajo de investigación, confirmamos la hipótesis planteada.

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