Artículos

Representando la voz del pueblo: el lenguaje político en la derogación de la Ley de Lemas (Santa Fe, 2004)

Representing people’s voice: the political language in the lemas law’s abolition (Santa Fe, 2004)

María Emilia Perri
Universidad Nacional del Litoral, Argentina
Florencia Daniela Ríspolo
Instituto de Humanidades y Ciencias Sociales (IHUCSO) - Universidad Nacional del Litoral, Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Argentina

Estudios Sociales. Revista Universitaria Semestral

Universidad Nacional del Litoral, Argentina

ISSN: 0327-4934

ISSN-e: 2250-6950

Periodicidad: Semestral

vol. 65, núm. 2, e0076, 2024

estudiossociales@unl.edu.ar

Recepción: 21 Marzo 2023

Aprobación: 05 Noviembre 2023



DOI: https://doi.org/10.14409/es.2023.65.e0076

Resumen: El campo político santafesino sufrió distintas transformaciones, muchas de ellas se inscriben bajo modificaciones en el régimen electoral. Estos cambios fueron promovidos por los actores políticos frente a diferentes procesos de deslegitimación del sistema. En el presente trabajo nos interesa posicionar el foco en el paso del sistema de doble voto simultáneo y acumulativo (ley de lemas) al sistema de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (ley de PASO). En este marco, y mediante las herramientas que nos ofrece la historia conceptual, nos proponemos conocer las interpretaciones y conceptos vertidos por los diputados santafesinos a la hora de debatir la modificación del régimen electoral.

Palabras clave: Lenguaje político, ley de lemas, Santa Fe, reforma legislativa, historia conceptual, Political language, lemas law, Santa Fe, legislative reform, conceptual history.

Abstract: Santa Fe’s political field has suffered different transformations, many of them are registered under changes in the electoral system. Those were promoted by political actors in a context of delegitimization of the system. This investigation focused on the transition from the double simultaneous and cumulative voting system (lemas’s law) to the open, simultaneous and obligatory primaries system (PASO’s law). Thus, from the tools of conceptual history, we aim to describe the interpretations and concepts expressed by the Santa Fe deputies, on the electoral regime modification debate.

I. INTRODUCCIÓN[1]

Un espacio público fragmentado, la proliferación de posiciones antagónicas y la explotación de sentimientos de anti-política, son las características más notorias de la arena política actual a niveles locales, nacionales y regionales. Una de las formas en las que se expresan estas particularidades, es a través del lenguaje político; es decir, encontramos en los discursos de los representantes interpretaciones disímiles acerca de los mismos fenómenos.

Entendemos que en la construcción de este lenguaje sedimentan nociones, conceptos, contextos y realidades referidas a fenómenos previos; en otras palabras, los discursos políticos se encuentran atravesados por experiencias pasadas que se plasman, implícita o explícitamente, en la interpretación de los escenarios políticos actuales. Por ello para comprender parte de los diálogos y tensiones que se registran en los debates contemporáneos es necesario remontarnos al análisis de procesos políticos pasados.

Por otro lado, dentro de la disciplina politológica, el estudio de los sistemas subnacionales ha tomado relevancia como herramienta analítica para dar cuenta de fenómenos políticos más amplios. En este sentido, el estudio del cambio en la legislación electoral y, particularmente, la elección del caso santafesino, contribuye a ampliar el conocimiento sobre las reconfiguraciones sufridas en el campo político argentino y el proceso de crisis de representación y desafección que marcó las dos primeras décadas del siglo XXI.

La provincia de Santa Fe sufrió distintas transformaciones, las cuales fueron promovidas por los actores políticos frente a diferentes procesos de deslegitimación del sistema. En el presente trabajo nos interesa posicionar el foco en el paso del sistema de doble voto simultáneo y acumulativo (ley de lemas) al régimen de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (ley de PASO), acaecido en el año 2004.

Diversos son los trabajos que han abordado la implementación y los cambios producidos por estas dos legislaciones en el sistema electoral santafesino y en la manera en que los actores políticos se posicionan (BIANCHI, LODI, MUTTI, FERREYRA, PEROTTI, GILETTA, y ALASINO, 2013; BLANDO, 2002; BORELLO y MUTTI, 2003; CORTESI, 2017; DIAZ, 1996; PUIG, 1995; RAMOS, 2011; RULLI y CENTENO LAPPAS, 2006), pero pocos son los trabajos que investigan sobre los sentidos y posicionamientos discursivos vertidos por los legisladores al momento de esgrimir sus posiciones políticas. Adentrarnos en esta área de conocimiento, el del lenguaje político, supone conocer las interpretaciones, los argumentos, diálogos y objeciones formuladas durante las sesiones legislativas. En este sentido, consideramos que la historia conceptual propuesta por Koselleck, nos ofrece una interesante alternativa para analizar los conceptos y los contextos en los cuales se enmarca el cambio de sistema electoral.

En este escrito se buscará indagar los conceptos y las interpretaciones vertidos por los diputados santafesinos a la hora de debatir la derogación de la ley de lemas en la provincia de Santa Fe durante el año 2004. En este marco, se trabajará sobre las versiones taquigráficas de las sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe en donde se menciona la necesidad de derogación de la ley[2]. Este corpus discursivo será trabajado mediante un análisis de contenido cualitativo o análisis temático (BOYATZIS, 1998; BRAUN y CLARKE, 2006, 2013; CASERO RIPOLLES, 2009; MIELES BARRERA, TONON y ALVARADO SALGADO, 2012).

II. SOBRE KOSELLECK Y LOS CONCEPTOS POLÍTICOS

Conocer los sentidos y posicionamientos discursivos de los diputados santafesinos al momento de esgrimir sus opiniones sobre la derogación de la ley de lemas, supone adentrarnos en el campo del lenguaje político. Es decir, implica identificar qué conceptos y nociones incorporan en sus alocuciones y, al mismo tiempo, reconocer cuales son las interpretaciones que estos dirigentes políticos realizan de dichos conceptos. Por otra parte, entendemos que cada noción utilizada y significación asignada está condicionada, en mayor o menor medida, por los contextos sociales, políticos y económicos; por lo tanto, estudiar los conceptos acuñados implica poner en diálogo esas interpretaciones con los hechos acontecidos al momento de discusión de la ley. Finalmente, creemos que cada vez que se recurre a la utilización de un concepto político se remite, implícita o explícitamente, a connotaciones y experiencias pasadas que participan de la definición del mismo.

En este sentido, el presente trabajo no solo supondrá un análisis de los discursos, sino también un relevamiento del contexto histórico al momento de la derogación de la ley y, al mismo tiempo, la realización de un rastreo histórico sobre las connotaciones otorgadas a los conceptos utilizados. Así entonces, conocer el lenguaje político de los legisladores implica adentrarnos en la relación que existe entre historia, política y lenguaje. En otras palabras, nos invita a sumergirnos dentro del campo de la begriffsgeschichte o historia conceptual impulsado por Reinhart KOSELLECK (1993, 2004, 2006, 2012).

Este enfoque sostiene que los conceptos contienen a su interior la totalidad de un contexto de experiencia y significado sociopolítico, en el que se usa y para el que se usa una palabra (KOSELLECK, 1993). Así entonces, los conceptos albergan en su interior una diversidad de experiencias históricas y significaciones entrelazadas; es decir, son palabras polisémicas, cuyos significados no pueden aislarse unos de otros y que aluden a distintos contextos sociales, políticos y económicos en los cuales se los ha utilizado.

Esto significa que los conceptos contienen una doble multiplicidad: una semántica que refiere a la pluralidad de significados que una palabra puede adquirir al irse modificando a través del tiempo; y la segunda una multiplicidad onomástica, que es aquella polisemia que aparece al interior de la movilidad de un discurso. De esta forma, los conceptos reúnen por un lado una pluralidad de experiencias históricas; y por otro, la suma de contenidos sociales y políticos de los hechos presentes a los que se refieren.

Ahora bien, es importante señalar que los conceptos no son simples indicadores de los contextos que engloban, por el contrario, participan de los mismos pues establecen horizontes y límites para la experiencia posible y la teoría concebible. De este modo, el lenguaje tiene dos aristas: una activa y otra receptiva. Por un lado, registra todo aquello que sucede por fuera de sí mismo, describiendo el mundo tal y como se presenta de forma pre-lingüística. y por el otro, es productivo y asimila los contenidos y el estado de cosas extra-lingüísticos; es decir participa de la percepción, cognición y conocimiento de las cosas. En resumen, los conceptos pueden ser considerados un índice histórico, una ventana para conocer parte de la historia política de nuestra provincia, y a la vez deben ser entendidos como un factor constitutivo de la misma.

En este sentido podemos afirmar que toda la realidad para poder experimentarse requiere ser conceptualizada. Parafraseando a Kant, Koselleck sostiene «no hay experiencias sin conceptos y, por supuesto, no hay conceptos sin experiencias» (KOSELLECK, 2004: 28). Esto significa que la realidad no puede reducirse y estructurarse en función del concepto, pero también es cierto que sin conceptualización no hay realidad posible. De este modo, los conceptos pueden ser considerados eslabones que unen el lenguaje con la circunstancia o el mundo extralingüístico. Aquí cobra sentido nuestra afirmación sobre el condicionamiento de los conceptos e interpretaciones a partir de los contextos políticos, económicos y sociales en los cuales se los utilizan.

Por consiguiente, el análisis de los conceptos utilizados por los legisladores obliga a realizar un estudio que contenga dos dimensiones: una, sincrónica y otra, diacrónica. La de ellas supone la comprensión de las palabras y significaciones que se han utilizado en las alocuciones de los diputados provinciales al momento de tratar la derogación de la ley de lemas. Mientras que la dimensión diacrónica impulsa el rastreo de las significaciones que aquellos conceptos fueron adquiriendo a lo largo de la historia. Tal como sostuvimos al comienzo de este apartado, los conceptos utilizados suponen una remisión -de diálogo o tensión- a interpretaciones y significaciones pasadas. Dicho de otro modo, los legisladores al utilizar ciertas nociones dialogan o discuten, consciente o inconscientemente, con las connotaciones que esos conceptos arrastran. Por tanto, poder comprender el uso y la interpretación que los distintos legisladores han realizado de algunos conceptos tales como: voluntad de pueblo, representatividad y legitimidad, nos exige un esfuerzo metodológico para definir diacrónicamente cómo se han transformado los significados de aquellos conceptos hasta llegar a nuestro presente.

Ahora bien, los conceptos no sólo dan cuenta de una relación entre los contextos presentes y las experiencias pasadas, sino también incluyen perspectivas sobre el futuro. Estos son los «conceptos básicos», que combinan experiencias múltiples y expectativas futuras, de forma tal que se tornan indispensables para la formulación de los temas nodales en un momento dado[3]. En otras palabras, estos términos contienen en su interior experiencias vividas que determinan el comportamiento del presente y, por tanto, actúan como potenciales cursos de acción para el futuro. De este modo, los conceptos básicos relacionan mediante el lenguaje dimensiones temporales del pasado, presente y futuro que se remiten mutuamente. En resumen, no sólo contienen las experiencias pasadas que serán reinterpretadas en función al contexto social y político desde el que se utilicen, sino también albergan ciertas metas y objetivos pensar los tiempos venideros –las cuales se crean como producto de las interpretaciones del presente-.

En definitiva, la historia conceptual se define según Koselleck como la vinculación entre «la historia del lenguaje y la historia factual''. Esta disciplina es la zona donde convergen la conceptualidad pasada y la presente. Es el método especializado que clarifica las experiencias históricas contenidas en ciertos conceptos, que resultan social y políticamente relevantes en un determinado contexto presente. Se pretende no sólo ilustrar históricamente los conceptos, sino poder vincularlos con el lenguaje en acto y uso[4]. En este sentido, la historia conceptual es la encargada de comparar y armonizar la permanencia y el cambio que presentan la historia y los conceptos.

III. EL ESCENARIO POLÍTICO Y SOCIAL DEL CAMBIO ELECTORAL

Durante principios del 2000 comenzó a nivel provincial un movimiento académico y político que pedía repensar el sistema electoral provincial, a la luz de la poca legitimidad que el sistema de doble voto simultáneo y acumulativo (N°10524/90) mostraba luego de los procesos eleccionarios. Mediáticamente se expresaba que candidatos que no habían sido los más votados lograban acceder a la gobernación y/o intendencias.

Dicha ley, más conocida como Ley de lemas, implementada a partir de las elecciones provinciales del año 1991, fue defendida y criticada «[...] en torno a su legitimidad (desde el punto de vista de su justicia o injusticia, de su concordancia o no con los criterios valorativos imperantes en la sociedad) y en cuanto a su legalidad (es decir su adecuación o no a la Constitución)» (BORELLO y MUTTI, 2003:3).

Según BLANDO (2002) la instauración de los lemas en la Provincia de Santa Fe estuvo marcada por un debate político y de disputa de poderes en el interior de los dos partidos centrales (Partido Justicialista y Unión Cívica Radical), que nada tuvo que ver con las ventajas que el régimen tenía para mejorar el sistema de representación santafesino.

A esta situación partidaria, se le sumaba la crisis de representación en el sistema político argentino y santafesino. Según GARCÍA DELGADO (1997) esa crisis presentaba varias expresiones: desilusión de la política, incumplimiento programático por parte de los partidos y de los políticos luego de acceder a los cargos, casos de corrupción, situación social de extrema pobreza y desigualdad y una crisis de los relatos vinculados a lo nacional popular.

Así comienzan a desarrollarse trabajos en el orden de lo subnacional, que daban cuenta de las debilidades de la normativa a la hora de aprobarse; por ejemplo, en el caso santafesino, se transparentaba en las desarticulaciones partidarias que se generaron en función de quiénes votan a favor o en contra de su implementación (PUIG, 1995; RAMOS, 2011). Esta cuestión puede observarse en el aumento de listas (sublemas) que se fueron generando a lo largo del período y principalmente dentro de los lemas de los partidos mayoritarios provinciales (DÍAZ, 1996).

Sumado a ello, se comienza a pensar el problema respecto de la «[...] legitimidad del propio sistema político [...] En efecto, este sistema permite consagrar electos a gobernantes que han obtenido individualmente menos sufragios que otros» (BLANDO, 2002: 95,94).

En el año 2003, previo a las elecciones, los candidatos a gobernador de la provincia firman un compromiso que establecía que de asumir el cargo debían elevar a la legislatura un proyecto que modificará el sistema electoral provincial. Así, en su discurso como gobernador de la provincia frente a la Asamblea Legislativa, Obeid anticipó que enviaría el proyecto de ley de reforma del sistema electoral para que sea tratado por los diputados y senadores provinciales (CORTESI, 2017).

Finalmente, el sistema conocido como «ley de lemas» (ley provincial N° 10524/90) fue derogado en el año 2004, con la voluntad de no volver a un sistema cerrado de selección de candidatos. En su lugar se pensó en un sistema de internas obligatorias. Se promulga la ley provincial N° 12367/04, estableciendo el sistema de primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO). Dicho sistema introduce dos etapas dentro del proceso electoral. Un primer momento, el de las primarias, donde los partidos presentan todos sus pre-candidatos y los ponen a competir por el voto de todo el electorado (no sólo por sus afiliados como ocurría anteriormente a la ley N° 10524/90). El segundo momento, es el de las elecciones generales, aquí ya cada partido (que haya conseguido el piso mínimo necesario) compite con una sola lista que surge a partir de las primarias.

Hay una vasta bibliografía que da cuenta de las características de la implementación de los sistemas de primarias. Según GALLO (2015) las PASO a nivel nacional se instauran con la finalidad de relegitimar el origen de las candidaturas políticas, ordenar el sistema de partidos, tornar más representativos a sus componentes, y generar incentivos en la participación ciudadana. Como señala Lodi, en el caso santafesino:

«Lo que motivó la reforma no fue la maximización de las bancas, sino la imperiosa necesidad de legitimación de un sistema que debía ser capaz de superar la crisis de representación y dar respuestas a las demandas sociales de cambio aún latentes desde los sucesos de 2001.» (LODI, 2009: 89)

Y fueron estas cuestiones las que generaron los enfrentamientos hacia dentro del peronismo cuando Jorge Obeid presenta este proyecto de reforma al comienzo de su mandato, dado que implicaba la posibilidad de perder espacios de poder ganados gracias a la ley provincial N° 10524/90 – sistema de lemas- (RULLI y CENTENO LAPPAS, 2006).

Ello implicó el continuo reacomodo de los actores políticos al sistema, modificando las estrategias para su ingreso en la contienda electoral, y siguiendo a TCACH (2011), así también serán pensadas las alianzas construidas por radicales y peronistas, ya que las uniones y separaciones en las mismas se dan con la finalidad de construir mayor hegemonía.

Finalmente, en las elecciones de 2007, implementándose por primera vez la ley provincial N° 12367/04 –PASO-, había resultado electo gobernador el socialista Hermes Binner, logrando la victoria del Frente Progresista Cívico y Social (FPCyS), luego de 24 años de gobiernos provinciales peronistas. Fue un período de disputas y cambios hacia dentro de los partidos y frentes provinciales (Bianchi et al, 2013).

IV. NOCIONES DEMOCRÁTICAS: SOBRE REPRESENTACIÓN Y LEGITIMIDAD

Estos acontecimientos históricos no pueden pensarse sino es en el marco de ciertos conceptos que estructuran la realidad. Siguiendo a KOSELLECK (1993), entendemos que los conceptos no sólo dan cuenta de las experiencias, sino también participan en la definición de las mismas; es decir, el lenguaje tiene la capacidad de describir el mundo y, por otra parte, contribuye a la constitución del mismo. En efecto, afirmamos que toda la realidad para poder experimentarse requiere ser conceptualizada.

Este vínculo puede ser observado en el tratamiento de las normas que aspiran a modificar la realidad del sistema electoral. En el caso santafesino, el compromiso electoral del gobernador electo, Jorge Obeid, de derogar la ley de lemas y la posterior reafirmación expresada en la apertura de sesiones parlamentarias, impulsó el debate legislativo en la Cámara de Diputados provincial. De esta manera, aparecen en las versiones taquigráficas de los encuentros parlamentarios una serie de nociones políticas que estructuran el debate específico sobre la ley de lemas; al mismo tiempo, dan cuenta de las particularidades que marcaron las transformaciones en el campo político y del proceso de crisis de desafección por el que atravesó el país y la provincia, durante los primeros años de los 2000.

1. Las dos caras de la moneda: voluntad del Pueblo y representatividad

Algunos de los conceptos más reiterados a lo largo de las distintas sesiones son los de voluntad del pueblo y representación. En este sentido, lo primero que resulta interesante rescatar es que los diputados de los distintos partidos y fracciones, proclaman la necesidad de un cambio en la legislación electoral como producto del reclamo ciudadano. Pero al mismo tiempo, aparece la idea de la representatividad de los partidos políticos y el compromiso que estos tienen o deberían tener con sus representados. De este modo, aparecen las dos caras de la moneda; es decir, la voluntad ciudadana como expresión de los deseos de la sociedad y, por otra parte, la idea de representación que supone la actuación en nombre de los representados. Así se tensiona el vínculo de representación con legitimidad. ¿Qué supone representar? ¿Y qué es lo verdaderamente legítimo de esa representación? La ley de lemas parece ser el quiebre entre ambos, lo que legitima la ley, no representa la voluntad.

La noción de voluntad del pueblo aparece asociada a la necesidad y urgencia en la derogación de la ley de lemas; que a priori no es motivada por los legisladores, sino que es recogida como una demanda de la sociedad civil (LODI, 2009). Frente a esto lo que resulta más significativo es la coincidencia de la totalidad de los diputados en esta posición.

«[…] la ciudadanía está reclamando su derogación y que, día tras día, se va acortando el tiempo. El tiempo ciudadano, el tiempo que determina que esta ley ya no tiene vigencia, no solamente para nosotros, sino también para la ciudadanía.» (Lamberto, 13/05/2004)

«En todos los ámbitos del Gobierno, y creo que de la Legislatura en pleno, todo el mundo tiene conocimiento de las encuestas que ha realizado el Gobierno, que dan algo así como más de 82 por ciento que quiere la derogación de la Ley de Lemas y cerca de 4 por ciento que quiere mantenerla.» (Real, 08/07/2004)

«La derogación del sistema electoral conocido como de lemas o de doble voto simultáneo, es un insistente reclamo de la sociedad que exige un sistema mejor que contribuya a superar los cuestionamientos de representatividad que se abaten sobre los partidos políticos.» (Proyecto de ley presentado por Gianneschi y Obeid, 19/05/2004)

Tal como se observa, las distintas fracciones partidarias sostienen que el cambio en la legislación electoral es un reclamo de la ciudadanía y de las instituciones que las representan. Es decir, en este caso la noción de voluntad del pueblo se asocia a la expresión de los intereses ciudadanos, a las demandas esgrimidas por quienes son los verdaderos detentadores del poder. Esto nos recuerda a la definición clásica de ROUSSEAU (2003) de la voluntad general, en donde las decisiones de gobierno debían ser producto de la expresión de quienes formaban parte del soberano.

En este punto, cabe realizar una aclaración y contextualización de los discursos legislativos. Aunque existía una coincidencia sobre la necesidad de derogar la ley de lemas, el tratamiento del cambio de régimen electoral no estuvo libre de conflictos y contramarchas. En efecto, las versiones taquigráficas de las sesiones evidencian un enfrentamiento entre el bloque oficialista y los opositores. Aunque el ejecutivo provincial había declarado en reiteradas oportunidades el apoyo al cambio de legislación, los diputados oficialistas que poseían la mayoría de escaños en la cámara, retrasaban el tratamiento del tema con diversas justificaciones (RULLI y CENTENO LAPPAS, 2006). De este modo, en un primer momento los diputados del oficialismo se opusieron a la derogación de la ley, pues no existía un régimen electoral alternativo, lo cual suponía implementar el antiguo sistema electoral al que se tachaba de corrupto y maniqueo[5]. Luego se buscó dilatar la discusión del tema, afirmando que era necesario conocer las opiniones, escuchar los debates y acceder a los distintos proyectos disponibles sobre el cambio de régimen que existían en la sociedad y, sobre todo, en las entidades de quehacer político de la provincia.

Esto condujo a los diputados de la oposición a afirmar que la bancada mayoritaria tenía internas partidarias o, como mínimo mostraba una indefinición frente a la cuestión:

«Nadie desconoce, porque también fue público, que el Partido Justicialista –y es absolutamente legítimo y está en todo su derecho– no concluye el tema, no sintetiza un debate acerca de si está convencido, por lo menos, en algunos sectores, de la efectiva derogación de la Ley de Lemas» (Marcucci, 22/04/2004).

En este sentido, entre la apertura de sesiones que hizo el gobernador Obeid, en donde ratificó su promesa de campaña de impulsar la derogación de la ley[6], el primer intento de tratamiento de este tema por parte de la oposición y el efectivo debate de la misma pasaron varios meses y muchas discusiones (RULLI y CENTENO LAPPAS, 2006).

Ahora bien, tal como sostuvimos anteriormente, los conceptos contienen en su interior una pluralidad de significaciones que se enlazan entre sí (KOSELLECK, 2004, 2012). La noción de la voluntad del pueblo, no escapa a esta lógica. En este sentido, no solo se asocia a la expresión de los intereses de los ciudadanos, sino que contiene a su opuesto, la ruptura del modelo representativo. En este sentido, los diputados ponen los reclamos ciudadanos en el marco de una crisis de representatividad que resulta ser un resabio o continuación de la crisis de 2001.

«Justamente, apoyándonos en esta crisis de representación, nosotros damos por resuelto que esta cuestión de Ley de Lemas está clara frente a la opinión pública. ¿O qué hace falta agregar a los kilos de tinta que ya se han gastado rechazando y expresándose en contra de la Ley de Lemas, demostrando el fastidio del ciudadano cuando se tuvo que ver ante el bochornoso espectáculo de una boleta de un metro, repartida en 200 pedazos?» (Riestra, 03/06/2004).

«La derogación del actual sistema electoral de nuestra provincia [...], es un tema que la sociedad santafesina ha venido discutiendo en los últimos años [...] Quizás este proceso de degradación tuvo su momento culmine hacia finales del año 2001, con manifestaciones multitudinarias de la sociedad civil exigiendo transparencia en las prácticas político-partidarias y renovación de sus dirigentes. Hoy quizás esos gritos de «que se vayan todos» no se manifiestan de la misma manera pero si, permanecen latentes con otros modos, con igual o mayor intensidad» (Proyecto de ley Marcucci y Pezz, 19/08/2004)

Así la voluntad del pueblo se expresa como queja frente a la deslegitimación del sistema político, transparentado en este caso en la ley de lemas. La división de sublemas producida en las elecciones de 2003 impactaron en la presencia de un sin-fin de boletas que, según los diputados, daba cuenta del desgranamiento del sistema político-electoral (DÍAZ, 1996). De este modo, la idea de crisis de representación aparece como recuerdo de lo sucedido en el año 2001, pero también como demostración de lo que produce la ley de lemas, una tergiversación entre las votaciones y los resultados electorales. La representatividad se pone en crisis pues los partidos se convierten en maquinarias electorales costosas que se limitan a llevar a posiciones de poder a los candidatos, aumentando de esta manera la distancia entre electores y partidos (CHERESKY, DE RIZ., LACLAU y PALERMO, 2007).

La otra cara de esta moneda es la noción de representación. Este concepto aparece entendido como un compromiso de los legisladores para con sus votantes. Frente a una normativa que parecía distorsionar la decisión ciudadana[7], los legisladores afirmaron comprometerse con los intereses de sus electores que pretendían la derogación de este mecanismo viciado. Así, los discursos remiten a una clara voluntad ciudadana a la que afirman responder, respetar y comprometerse con sus decisiones en la cámara.

«Y justamente, nosotros estamos esperando, porque estamos preparados para el debate, que se empiece a expresar la voluntad de derogarla, porque en definitiva, es un mandato de los ciudadanos santafesinos, que debemos recoger.» (Marcucci, 22/04/2004)

«Yo creo que hoy, esta Cámara debe devolverle al pueblo la decisión de elegir sin cortapisas ni subterfugios al candidato o a los candidatos de su preferencia, directamente. Esta Cámara, hoy, debe devolverle a la Constitución Provincial el respeto que perdió cuando se avasallaron permanentemente tres artículos de nuestra carta magna provincial [...] Debemos devolverle al pueblo de Santa Fe el respeto a su voluntad, a este pueblo que no le reconoce ningún beneficio a la vigencia de la Ley de Lemas. Nadie puede señalar honestamente en Santa Fe cuáles son las ventajas que la aplicación de la Ley de Lemas mostró a través de las distintas elecciones.» (Pezz, 19/08/2004)

Estos fragmentos nos conducen a repensar la idea de la representación actual, la cual nace ligada al abandono progresivo de los mandatos imperativos. La ruptura de este principio significa que el representante ya no es simplemente la voz de la comunidad de la que es originario, sino que pasa a encarnar el principio de la voluntad general (PALTI, 2007; PITKIN, 1985). Con lo cual la representación implica la ausencia de lo representado, ya que de no existir distancia entre representantes y representado, la representación se hace innecesaria (RÍSPOLO, 2020). No obstante, la idea que subyace en los discursos se acerca a la noción de mandato imperativo; ya que dar respuesta a ese mandato ciudadano supone demostrar el compromiso y la fidelidad en las interpretaciones de los intereses de sus votantes y la ciudadanía en general.

Una segunda acepción que aparece asociada al concepto de representatividad es la noción de pluralidad. En este caso, los representantes muestran una preocupación por dar cuenta de la diversidad de voces de la ciudadanía y la propensión que muestran por el cambio de sistema. Así, frente a las dilaciones que proponía el oficialismo al tratamiento de la derogación de la ley, y que se oponían a los deseos de los ciudadanos[8], los diputados opositores sostenían:

«[...] el sistema electoral no es propiedad de un partido político; es propiedad de todos los ciudadanos y del conjunto de los partidos políticos. [...] con el veredicto de la gente, del pueblo, se dé definición a la derogación de la Ley de Lemas.» (Marcucci, 08 de julio de 2004).

Subyace la idea de que a la voluntad política le es inherente una multiplicidad de opiniones, y que es necesario que los partidos políticos recojan esa diversidad más allá de los mandatos partidarios. Es decir, los representantes de la oposición acusan al oficialismo de no responder a los mandatos del pueblo -lo cual nos remite a la noción de mandato imperativo-, sino de atenerse a los encargos o a los conflictos internos de una fracción política -mandato libre-. Así, en línea con lo que plantea HELLER (1971), observamos que esta interpretación del concepto de representatividad supone que al interior del pueblo no solo existe una comunidad de individuos con opiniones distintas, sino también un conjunto de partidos políticos y de organizaciones diversas que expresan y forman la opinión pública. En consecuencia, será la representación política la encargada de reconducir constantemente la multiplicidad (entendida como pluralidad de grupos) a la unidad del Estado (FRAILE, 2022)

De este modo, vemos cómo los conceptos como voluntad del pueblo y representación pueden ser entendidos como un índice histórico, es decir, como una ventana para conocer la historia (KOSELLECK, 1993, 2012). En este sentido, vemos que ambas nociones logran articular el pasado, presente y futuro; así, recogen y reflejan el reclamo social, nos remiten a acontecimientos pasados y las expectativas futuras de cambio y transformación del régimen electoral.

Así la voluntad del pueblo y la representación tensionan los discursos legislativos. En función de las necesidades, estos conceptos se vinculan o desarticulan a la hora de plantear modificaciones del sistema político frente a la derogación de la ley de lemas. Desde los legisladores hacia el pueblo, o desde la ciudadanía hacia los representantes, la relación entre mandato y representación aparece como uno de los principales argumentos en la discusión sobre el cambio de régimen electoral. Ahora bien, representar a la voluntad popular y darle entidad a la pluralidad, les permite a los legisladores adueñarse de otro concepto necesario para pensar modificaciones electorales, aquel que se refiere a la legitimidad.

2. Protegiendo la legitimidad

Ahora bien, el cambio de legislación no solo fue justificado a partir del clamor ciudadano y de la defensa de los intereses partidarios; sino por el contrario, se apoyaron en los perjuicios y alteraciones que suponía la ley a la legitimidad del sistema. En este sentido, se afirmaba que el doble voto simultáneo generaba una serie de trampas y vicios electorales que afectaban, por un lado, a los derechos electorales de la ciudadanía y, por otro, a la vida interna de los partidos políticos (BLANDO, 2002). Situación que daba como resultado un cuestionamiento a la legitimidad de los representantes y, al mismo tiempo, debilitaba la calidad institucional y el sistema democrático. En otras palabras, la ley de lemas minaba la validez y la creencia de la ciudadanía en los procesos y los resultados electorales, debilitando la robustez de la gestión y los funcionarios electos (BORELLO Y MUTTI, 2003).

Así entonces, se sostenía que la ley de lemas generaba un desplazamiento de la voluntad popular:

«Ya que como ha sucedido en numerosas oportunidades en la provincia de Santa Fe –como en los casos de las elecciones para gobernador de los años 1991, 1993, 1995 y 2003–, el candidato proclamado, la persona que asume no es, precisamente, quien ha obtenido la mayor cantidad de votos.

Para nosotros, la Ley de Lemas permite el milagro electoral y político de ayudar con el voto a ganar a un candidato y a un partido a quienes, quizás, muchos ciudadanos jamás hubieran votado.» (Gutiérrez, 06/05/2004)

La ley provocaba que los ciudadanos al votar por un candidato otorgarán, al mismo tiempo, un voto al lema por el que este se presentaba. Entre más sublemas presentara un partido, mayor sería la capacidad de captar votos y, por lo tanto, mayor sería la posibilidad de que esta fuerza política obtenga la victoria; ya que el ganador de los comicios sería el candidato con mayor cantidad de votos del lema triunfante. La distorsión se generaba ya que al momento de votar por un candidato X, el elector podía contribuir sin desearlo en la victoria del candidato Y. Esto permitió, como menciona la diputada, que más de una vez llegara al cargo en disputa quien no obtuvo la mayor cantidad de votos (BLANDO, 2002).

La legitimidad, entonces, es entendida como el consentimiento y apoyo ciudadano para que un gobierno y sus funcionarios puedan mantenerse en el poder; es decir, se refiere a la aceptación de los resultados electorales, a las reglas del juego de la democracia. Tal como sostenía WEBER (2014), estos atributos de legitimidad se encuentran ligados, entre otros aspectos, a la racionalidad y legalidad del procedimiento. Todo régimen se sostiene en la creencia sobre eficacia, coherencia y lógica de los procedimientos legales-racionales. El problema aquí es que la ley de lemas fuerza la racionalidad de los procedimientos y distorsiona la voluntad de los electores, pues sus efectos parecen contradecir la expresión de los intereses ciudadanos. En otras palabras, esta normativa viciaría la base misma del sistema representativo y democrático, dando como resultado un electorado apático, representantes con escasa legitimidad y, por tanto, menor responsabilidad política (PANOZZO, 2003).

Observamos que el concepto de legitimidad se asocia a las nociones de calidad democrática e institucional. Diferentes diputados señalan la importancia de dejar en claro que la ley de lemas, al tergiversar los resultados, les quita legitimidad de origen a los candidatos que llegan al poder, provocando cuestionamientos a la hora de gobernar y de sostener las instituciones en un contexto democrático.

«Incluso, estos cuestionamientos sobre la validez de los resultados electorales, abren interrogantes sobre la representatividad de los diputados mismos: «la situación de deformación de las representatividades políticas que produjo la Ley de Lemas en esta Provincia también nos afecta. Esta Cámara tiene una composición que no es acorde a la cantidad de votos obtenidos por las listas.» (Brignoni, 19/08/2004)

«Venimos a derogar la Ley de Lemas porque esa fue la promesa; y juntamente con ello –y antes de ello– a proponer un nuevo sistema electoral superador de la Ley de Lemas, que avanza hacia el futuro, que garantice al pueblo de Santa Fe un instrumento político institucional que asegure dos premisas fundamentales: la participación plena de la ciudadanía en el sistema político electoral y la mayor transparencia posible para que no quede lugar a dudas sobre la legitimidad de los que son elegidos» (Lacava, 19/08/2004)

De esta manera, al asociar la legitimidad de los representantes al funcionamiento de los procedimientos por los cuales los ciudadanos eligen y controlan a los gobernantes, los diputados entienden que la ley de lema asesta un golpe certero sobre la calidad democrática. Si la democracia es el conjunto de reglas que permiten determinar quién ejerce el poder y cómo se ejerce (MÉNDEZ PARNES Y NEGRI, 2006), la falta de credibilidad en el sistema electoral corrompe la lógica de este sistema. Ahora bien, debemos señalar también que estas interpretaciones sobre la debilidad institucional están impregnadas de la situación partidaria post 2001. En este sentido, muchos de los diputados entienden que la situación que atraviesa la provincia es producto de los problemas de legitimidad del proceso electoral, pero también consecuencia del descrédito político y los reclamos por corrupción de aquella crisis (GARCÍA DELGADO, 1997).

Otro de los perjuicios que se le atribuyen a la ley de lemas son aquellos vinculados con los partidos políticos. Se afirma que la normativa provoca que los partidos se transformen en maquinarias electorales que buscan multiplicar las listas y los candidatos para mantener el caudal electoral. Esto dio como consecuencia un gran fraccionamiento de los partidos políticos y un traslado de la competencia interna a las elecciones generales. En otras palabras, se favoreció la aparición de líneas internas que luego se tradujeron en distintos sublemas. Esto supone un desaliento de las discusiones y acuerdos internos que son la base de los programas y plataformas partidarias. En este sentido, las fuerzas políticas dejan de ser canales de articulación de valores, intereses y demandas del sistema, para transformarse en meros impulsores de candidatos.

«Los partidos políticos han llegado a un estado de descomposición terminal, se ha abolido su competencia interna y los candidatos participan en forma atomizada en las sucesivas contiendas electorales. Se propicia la resolución de las cuestiones internas en el mismo proceso de elección general.

Esto provoca que el partido político se convierta –irremediablemente–, sólo en una maquinaria electoral, en donde lo más importante es triunfar manteniendo el caudal electoral con multiplicidad de listas, con multiplicidad de candidatos que se repiten en diferentes boletas cubriendo los distintos cargos en juego» (Proyecto de ley de Marcucci y Pezz, 19 de agosto de 2004)

«Limita la discusión en torno a los hombres y no a las plataformas o programas. La proliferación de sublemas no brinda espacio para el debate de ideas, la campaña gira sólo alrededor del conocimiento del candidato» (Proyecto de ley Lamberto y otros, 19 de agosto de 2004)

Por un lado, la ley de lemas resulta ser un sistema negativo en la medida que supone la fragmentación y la creación de estructuras internas que responden a los diversos líderes; y, por otra parte, al atomizar a los candidatos y enfocar la competencia hacia el interior del partido, vacía de contenido a las instituciones partidarias (BLANDO, 2002; DIAZ, 1996). El problema de esto es que la fragmentación interna daría como consecuencia una mayor y más fuerte oligarquía interna y burocratización del partido (PANOZZO, 2003). Y al mismo tiempo, los partidos políticos quedan relegados a cumplir funciones operativas y reglamentarias; pues ya no son las instituciones en las que se discuten ideas, proyectos y lineamientos políticos. Dicho de otro modo, los partidos políticos terminan siendo simplemente los sellos necesarios para presentar candidatos.

La legitimidad, en este caso, tiene que ver con la capacidad de los partidos para representar las identidades e ideas políticas y, por tanto, con las funciones que cumplen realmente. El foco está puesto, por un lado, sobre la función de canalizar y expresar los intereses de los gobernados y, por otro, sobre la incidencia de estas instituciones en la estructura social, económica y cultural de una sociedad a través de los proyectos de gobierno que se apoyan (MEJÍA, 2003). Ahora bien, la pregunta que surge es ¿qué sucede con estas funciones si el sistema normativo fomenta el vaciamiento de contenido y desfavorece discusiones partidarias? La falta de legitimidad tiene que ver claramente con un deterioro en las instituciones partidarias, con un debilitamiento en las funciones, fundamentos e ideologías de estas instituciones. De este modo, la ley de lemas no solo corrompe el vínculo entre representante y representado, sino también quiebra la relación entre militantes, partido político y candidato; lo que, al mismo tiempo, repercute sobre la capacidad de estas instituciones de repensar y transformar las estructuras sociales en las que se insertan.

Sin embargo, más allá de estas afirmaciones creemos que es necesario realizar una pequeña disquisición sobre el efecto de esta legislación en el debilitamiento de estas instituciones. La implementación de la ley de lemas supone otorgarles a los partidos políticos un lugar destacado al momento del recuento de votos, ya que el triunfador de la contienda estará determinado por el lema o partido victorioso. O, dicho de otro modo, el doble voto simultáneo obliga al elector a decidir por un partido y es ese voto partidario el que lleva a un integrante del partido a ocupar un cargo de gobierno (BUQUET, 2003). Entonces, ¿realmente es la ley de lemas la que provoca el debilitamiento de la vida partidaria? o por el contrario ¿se debe mirar el sistema sobre el que los regímenes electorales se sostienen? Las problemáticas dadas en Santa Fe se repitieron a nivel nacional y en otros distritos subnacionales donde no existía este sistema (CHERESKY, DE RIZ, LACLAU y PALERMO, 2007). Si bien no es el foco de este trabajo, la modificación a un sistema de PASO no mejoró el vínculo entre elector y representante, ni tampoco significó modificaciones en las maneras en que los candidatos se posicionan frente a los partidos (GALLO, 2015).

Estas han sido algunas de las ideas centrales a la hora de definir el nuevo instrumento político institucional. Así entonces, la ley de PASO debería asegurar la participación de la ciudadanía, la transparencia del proceso electoral y el respeto de la voluntad popular a la hora de traducir los votos en escaños. Al mismo tiempo, debía fortalecer a los partidos y sus discusiones ideológicas, devolver legitimidad a los triunfadores de las contiendas electorales y robustecer la calidad del sistema democrático. De este modo, debemos señalar que los diputados al utilizar determinado concepto, como legitimidad, no solo captan el contexto social y político de la época, sino que buscan incorporar a través de este un factor de cambio.

V. CONSIDERACIONES FINALES

El presente trabajo abordó los sentidos y los posicionamientos discursivos de los diputados provinciales a la hora de debatir en el recinto legislativo la modificación de una norma electoral, en este caso la ley de lemas provincial. La propuesta de reforma electoral conjuga determinados ideales normativos que hacen al concepto de calidad democrática (legitimidad, representación, voluntad), de los cuales se realizan interpretaciones disímiles -y en algunos casos contradictorias-. En ello radica la importancia de pensar los lenguajes políticos y los conceptos utilizados por los diputados al momento de discutir un proyecto de legislación (en este caso de reforma electoral).

Frente a un campo político argentino que se caracterizaba por la discusión, la des-legitimidad del sistema y el vaciamiento de las consignas políticas, la ley de lemas puede ser considerada como una expresión más de este campo. En este contexto, la discusión parlamentaria por el cambio de régimen da cuenta de un intento de ruptura con ese proceso de deslegitimación comenzado en 2001, motivo por el cual la modificación de la ley de lemas significaba una reconfiguración del sistema político provincial.

Este escrito buscó, a través del análisis de los discursos legislativos producir un rastreo histórico sobre connotaciones otorgadas a determinados conceptos, con el objeto de transparentar la polisemia que se les otorga a dichas nociones a la hora de ser utilizadas en un discurso. En este sentido, el lenguaje político esgrimido por los legisladores santafesinos da cuenta de tres grandes conceptos interpretados de diversas maneras durante las sesiones: voluntad popular, representación y legitimidad. Las discusiones parlamentarias dan cuenta de la variedad de significaciones que plasman los actores en las nociones y de cómo cada una de ellas incorpora los contextos y los ideales de cambio.

Cuando nos adentramos en los conceptos el primero es el de voluntad política, presentando dos acepciones:

  1. 1. Expresión de los intereses ciudadanos, los cuales en diversas oportunidades y formas dieron cuenta de la necesidad de que sea derogada la ley de lemas. Aquí se observa el sentido rousseauniano de la voluntad popular, al entenderla como la demanda expresada por quienes son los verdaderos detentadores del poder.
  2. 2. Ruptura con el modelo representativo. La ley de lemas supone una continuidad de la crisis del 2001, que se observa en los reclamos ciudadanos y requiere de una urgente respuesta. En otras palabras, el sistema deslegitimado provoca un quiebre del lazo representativo. En este caso, la voluntad política no tiene que ver con el accionar del pueblo sino de los representantes.

Por su parte, la idea de representación aparece de diversas formas tensionando constantemente la voluntad popular, apareciendo en algunos casos junto a ella y en otros totalmente separados.

  1. 1. Compromiso legislativo. Los diputados deben respetar y comprometerse con la voluntad ciudadana y con la promesa de campaña esgrimida a sus votantes. Aquí la fidelidad en la representación de los intereses ciudadanos parece ser el centro de la escena.
  2. 2. Pluralidad. La representación requiere dar cuenta de la diversidad de voces ciudadanas. Los diputados no solo legislan para sus votantes, sino para toda la población. Entonces al pensar en la voluntad política, estamos pensando en múltiples opiniones y en un debate legislativo deben aparecer esas voces que superen lo meramente partidario.

Esas múltiples ideas de representación y voluntad popular, arrastran otro concepto en los discursos, el cual también presenta distintas acepciones a la hora de su conjugación, el de legitimidad política:

  1. 1. Consentimiento y apoyo ciudadano. La ley de lemas debilita la calidad institucional y el sistema democrático al promover trampas y vicios en su implementación que impactan sobre los derechos electorales de la ciudadanía y generan un cuestionamiento sobre la legitimidad de origen de los representantes políticos.
  2. 2. Capacidad de los partidos políticos para representar ideas políticas. La norma genera que los partidos se transformen en maquinarias electorales que solo buscan mantener el caudal de votos, alejándose de la premisa en donde eran el canal a través del cual se expresa la ciudadanía. Esto impacta sobre la pérdida de bases programáticas y en el vínculo con el electorado, llevando también a vaciar de contenido las instituciones partidarias. En este sentido, los partidos pasan a ser secundarios en el proceso de modificación normativa, ya que son entendidos como el actor más deslegitimado del sistema de gobierno.

Las necesidades de los debates hacen que estos tres conceptos se vinculen de distintas maneras, uniéndose o desarticulándose según las necesidades de quién encarna el discurso. Entonces pensar legitimidad, voluntad política y representación en el marco de una norma electoral, transparenta formas de identificar la relación representados/representantes. En algunos casos dicha relación se enfoca en el rol de los legisladores y, en otros, se hace hincapié en la importancia de pensar en el representante y el pueblo.

Es interesante observar cómo a través de los sentidos asignados a estos conceptos los legisladores reproducen en sus discursos lo que ellos identifican como las creencias que la propia ciudadanía o los votantes tienen sobre las leyes, los sistemas o el Estado. En otras palabras, como los diputados retoman las voces ciudadanas y legitiman estas demandas. Y al mismo tiempo, incorporan a estos conceptos sus propias visiones de cambio y, por tanto, buscan legitimar sus ideas sobre cómo transformar la realidad. Esto permite pensar la continuidad del dilema y la aceptación de los arreglos institucionales, que habilitan la convivencia social en condiciones de pluralidad. Este es el doble proceso en el cual se encarna el precepto de «legitimar la voz del pueblo».

El debate presentado en este escrito tiene casi veinte años, pero permite pensar conceptos que se continúan utilizando al momento de las modificaciones electorales, cuyos sentidos no se han visto modificados con el pasar del tiempo: democracia, representación, legitimidad, etc. De allí, la importancia de reflexionar la traducción de ciertas demandas por parte de los diputados santafesinos. Queda abierto entonces el interrogante sobre la forma en la que estas conceptualizaciones pueden encontrarse entras discusiones parlamentarias del mismo tenor.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Intervención del Diputado Provincial BRIGNONI. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 19/08/2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Intervención de la Diputada Provincial GUTIÉRREZ. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 06/05/2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Intervención del Diputado Provincial LACAVA. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 19/08/ 2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Intervención del Diputado Provincial LAMBERTO. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 13/05/2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Intervención del Diputado Provincial MARCUCCI. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 13/04/2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Intervención del Diputado Provincial PEZZ. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 19/08/ 2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Intervención del Diputado Provincial REAL. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 08/07/2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Intervención del Diputado Provincial RIESTRA. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 03/07/2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Presentación de proyecto de ley. Diputado Provincial GIANNESCHI y Gobernador OBEID. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 19/08/2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Presentación de proyecto de ley. Diputado Provincial MARCUCCI y Diputado Provincial PEZZ. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 19/08/2004.

ARCHIVO BICAMERAL LEGISLATIVO. Presentación de proyecto de ley. Diputado Provincial LAMBERTO y otros. Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe. Versión Taquigráfica del 19/08/2004.

BIANCHI, MATÍAS, LODI, MARÍA LOURDES, MUTTI, GASTÓN, FERREYRA, IRIANA, PEROTTI, SOFÍA, GILETTA, EZEQUIEL Y ALASINO, NADIA (2013). Boleta única. Estudio comparado de los casos de Córdoba y Santa Fe, Rosario: UNR Editora.

BLANDO, OSCAR (2002). Derecho y Política. De la Ley de Lemas a la reforma política y constitucional en Santa Fe. Rosario: Editorial Juris.

BORELLO, RAUL y MUTTI, GASTÓN, (2003). La ley de lemas en la Provincia de Santa Fe. En Actas del VI Congreso Nacional de Ciencia Política de la SAAP, Rosario, Argentina.

BOYATZIS, RICHARD (1998). Transformingqualitative information. The thematic analysis and code development. Thousand Oaks: Sage.

BRAUN, VIRGINIA y CLARKE, VICTORIA (2006). Using thematic analysis in psychology. En Qualitative Research in Psychology, 77-101.

BRAUN, VIRGINIA y CLARKE, VICTORIA (2013). Successful qualitative research: A practical guide for beginners. London: Sage.

BUQUET, DANIEL (2003). El doble voto simultáneo. En Revista SAAP, 1(2), 317-339.

CASERO RIPOLLES, ANDREU (2009). El control político de la información periodística. En Revista Latina de Comunicación Social (64), 354-366.

CHERESKY, ISIDORO; DE RIZ, LILIANA; LACLAU, ERNERTO y PALERMO, VICENTE (2007). Reinterrogando la democracia en América Latina. En Revista de crítica social (8), 1-33.

CORTESI, SEBASTIÁN (2017). La ley de lemas: el caso santafesino en clave historiográfica. En XVI Jornadas Interescuelas / Departamentos de Historia. Departamento de Historia. Facultad de Humanidades. Universidad Nacional de Mar del Plata, Mar del Plata.

DÍAZ, CRISTINA (1996). De eso no se habla. Representación y ley de lemas: un análisis político. En Ley de Lemas. Alternativas de reforma político electoral en Santa Fe. Rosario.

FRAILE, NICOLÁS (2022). Gerhard Leibholz y Hermann Heller sobre el problema de la unidad y la pluralidad en la representación política. En Revista Argentina de Ciencia Política, 1(28), 94-123.

GALLO, ARIADNA (2015). Impacto de las nuevas normativas electorales en Argentina. Discusión y análisis de la Ley de Reforma Política 26.571. En Revista Temas y Debates, Rosario, N°29.

GARCÍA DELGADO, DANIEL (1997). Crisis de representación, nueva ciudadanía y fragmentación en la democracia argentina. En Ciudadanía y democracia en el Cono Sur. p. 1-25.

HELLER, HERMANN (1971). Teoría del Estado. México: Fondo de Cultura Económica.

KOSELLECK, REINHART (1993). Futuro pasado. Para una semántica de los tiempos históricos. Barcelona: Paidós.

KOSELLECK, REINHART (2004). Historia de los conceptos y conceptos de historia. Ayer (53), 27-45.

KOSELLECK, REINHART (2006). Estructuras de repetición en el lenguaje y en la historia. En Revista de Estudios Políticos (nueva época) (134), 17-34.

KOSELLECK, REINHART (2012). Historias de conceptos. Estudios sobre semántica y pragmática del lenguaje político y social. Madrid: Trotta.

LODI, MARÍA LOURDES (2009). Cuando están en juego las reglas del juego: Reforma electoral y dinámica intra-partidaria. Análisis del caso santafesino de derogación de la Ley de Lemas. En el IX Congreso Nacional de Ciencia Política de la Sociedad Argentina de Análisis Político. Santa Fe. Acceso web: https://saap.org.ar/congreso-ix.html

MEJÍA, ANDRÉS (2003). Partidos políticos: el eslabón perdido de la representación. En BURBANO DE LARA, FELIPE (comp.) Antología. Democracia, gobernabilidad y cultura política. Quito: Flacso.

MÉNDEZ PARNES, MARÍA SOLEDAD Y NEGRI, JUAN JAVIER (2006). Democracia. En DE LUCA, MIGUEL y AZNAR, LUIS. Política, cuestiones y problemas. Buenos Aires: Ariel.

MIELES BARRERA, MARÍA DILIA, TONON, GRACIELA, y ALVARADO SALGADO, SARA VICTORIA (2012). Investigación cualitativa: el análisis temático para el tratamiento de la información desde el enfoque de la fenomenología social. En UniversitasHumanística (74), 195-225.

PALTI, ELÍAS (2007). El tiempo de la política. El siglo XIX reconsiderado. Ed. Siglo XXI. Buenos Aires.

PANOZZO, MABEL (2003). Ley de lemas, partidos políticos y gobernabilidad. Trabajo presentado en el V Congreso Nacional de Ciencia Política de la Sociedad Argentina de Análisis Político. Río Cuarto, Córdoba.

PITKIN, HANNAH (1985): El concepto de la representación. Ed. Centro de Estudios Constitucionales. Madrid

PUIG, LILIA (1995). Los cambios en las estrategias políticas de los partidos políticos santafesinos desde la adopción del sistema electoral del doble voto acumulativo y simultáneo. En II Congreso Nacional de Ciencia Política. Mendoza.

RAMOS, HUGO (2011). Metamorfosis y crisis de representación. Las estrategias electorales del PJ santafesino en las elecciones provinciales de 1999 y 2003. En Revista SAAP. Vol. N°5, N°1 Buenos Aires.

RÍSPOLO, FLORENCIA (2020). El campo de la comunicación política: El lugar de la comunicación de gobierno. En Postdata, 25(1), 99-135.

ROUSSEAU, JEAN JAQUES (2003). El contrato social o principios de derecho político. Buenos Aires: La página/Losada.

RULLI, MARIANA y CENTENO LAPPAS, FEDERICO (2006). Procesos de reforma política: la derogación de la Ley de Lemas en Santa Fe. En Revista Temas y Debates, Rosario, N°12.

TCACH, CESAR (2011). Pensar las coaliciones en la Argentina contemporánea. En Revista Temas y debates N° 21, Universidad Nacional de Rosario: Rosario.

WEBER, MAX (2014) Economía y Sociedad. Edición revisada, comentada y anotada por Francisco Gill Villegas M. 3° edición. México: Fondo de Cultura Económica.

Notas

[1] El presente artículo fue realizado en el marco de un Proyecto de Investigación Científica y Tecnológica (PICT), titulado «La reconfiguración del campo político y los actores políticos en la Argentina. Divergencias y similitudes entre la escala nacional y la escala provincial de Santa Fe (2007-2017)»
[2] Las sesiones legislativas incluidas en el análisis son las de los días 22 de abril, 08 de mayo, 13 de mayo, 03 de junio, 08 de julio, 19 de agosto, 14 de octubre y 21 de octubre de 2004.
[3] Al hacer referencia a estos conceptos que refieren al futuro Koselleck remite a dos conceptos: «espacio de experiencia» y «horizonte de expectativas». El primero de estos se refiere a las experiencias vividas, es la presencia del pasado o el pasado hecho presente; mientras que el segundo refiere a una línea detrás de la cual se abren nuevas posibilidades de futuro. Este autor sostiene que con la modernidad se han introducido una gran cantidad de transformaciones, que han llevado a que el contenido de experiencias que albergan los conceptos vaya decreciendo en favor de las expectativas futuras.
[4] El significado y uso de una palabra nunca corresponde de forma exacta con aquellos que se denomina realidad. En efecto, aunque los conceptos y las realidades se encuentran relacionados entre sí, poseen cada uno sus propios tiempos y cambian a diferentes ritmos. De forma tal que en ciertas ocasiones la capacidad de conceptualizar deja atrás la realidad o, al revés, la realidad sobrepasa las posibilidades de conceptualización.
[5] Cabe aclarar que el oficialismo rechazó las propuestas de separar en dos el cambio de régimen electoral; es decir, se opuso a la posibilidad de derogar la ley de lemas y, posteriormente, discutir un nuevo sistema electoral. De este modo, en la sesión del 19/08/2004 se le dio media sanción al proyecto de derogación de ley de lema y la aprobación al sistema de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias.
[6] «Reforma Constitucional y derogación de la Ley de Lemas copan la agenda», Rosario, La Capital, 3 de mayo de 2004
[7] La ley de lemas poseía una lógica a partir de la cual, el voto a un candidato X contribuía al triunfo del candidato Y.
[8] Esto puede observarse en la repercusión mediática que tendrá el tema de la modificación de la ley de lemas en la provincia: «El peronismo provincial se tomará 90 días para debatir la ley de lemas», Rosario, La Capital, 8 de mayo de 2004. «Ley de Lemas: la estrategia del PJ generó gran revuelo», Rosario, La Capital, 3 de junio de 2004. «Todos Los Títulos», Santa Fe, Diario El Litoral, Edición Viernes 20 de agosto de 2004.

Información adicional

Registro Bibliográfico:: Perri, María Emilia y Ríspolo, Florencia Daniela «Representando la voz del pueblo: el lenguaje político en la derogación de la ley de lemas (Santa Fe, 2004)», en: ESTUDIOS SOCIALES, revista universitaria semestral, año XXXIII, n° 65, Santa Fe, Argentina, Universidad Nacional del Litoral, julio-diciembre, 2023.

Modelo de publicación sin fines de lucro para conservar la naturaleza académica y abierta de la comunicación científica
HTML generado a partir de XML-JATS4R