Reseñas
Reseña de: María Jimena Sáenz, Las relaciones entre el derecho y la literatura. Una lectura del proyecto de Martha Nussbaum.
Reseña de: María Jimena Sáenz, Las relaciones entre el derecho y la literatura. Una lectura del proyecto de Martha Nussbaum.
Tópicos, núm. 44, e0019, 2022
Asociación Revista de Filosofía de Santa Fe
Sáenz María Jimena. Las relaciones entre el derecho y la literatura. Una lectura del proyecto de Martha Nussbaum. 2021. Madrid. Marcial Pons. 201pp.. 9788413810188 |
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Recepción: 01 Febrero 2022
Aprobación: 01 Marzo 2022
El paradigma de la autonomía de la literatura, en sus varias modulaciones, ha tenido un predominio poco menos que indiscutible en gran parte de la discusión literaria del siglo XX. En particular, el tipo de aproximación a los textos literarios desde una perspectiva moralmente comprometida –en sentido amplio– ha sido en muchas oportunidades vinculado sin matices con las versiones más radicalizadas del moralismo o la corrección política. Sin embargo, siempre han existido incomodidades con el encierro de la literatura sobre sí misma. En un texto publicado en la revista Sur, Jorge Luis Borges afirma que “vedar la ética es arbitrariamente empobrecer la literatura”, y sostiene que la “puritánica del arte”, llevada al extremo, tendría el efecto de levantar objeciones contra prácticamente todos los autores más destacados de nuestra tradición cultural.[1] Ello hace notar el carácter novedoso, en la historia del pensamiento, de las reflexiones literarias completamente inmanentes, recelosas de toda forma de conexión con materiales o interrogantes extra-literarios. Con todo, hace varias décadas, en distintas áreas de la investigación académica, volvió a tener lugar la pregunta por la relación de la literatura con otras disciplinas.
En un reciente libro, María Jimena Sáenz ofrece una visión panorámica de las investigaciones y las posiciones contemporáneas en el campo de indagación que se abre con la interacción disciplinar entre el derecho y la literatura, y brinda una lectura del proyecto filosófico-literario de Martha Nussbaum. De acuerdo con su doble propósito, el libro está dividido en dos partes. La primera realiza una reconstrucción histórica y temática de lo que se llamó el “movimiento derecho y literatura”, una tendencia académica formada por un grupo de juristas, filósofos y profesores de literatura que, a partir de la década de 1970, comenzó a pensar en los beneficios que podían obtenerse a partir del diálogo entre ambas disciplinas. La segunda parte está dedicada al análisis de la obra de Martha Nussbaum y a su inserción en dicho movimiento.
El primer capítulo se ocupa de los diferentes modos en que se ha organizado el trabajo del movimiento mencionado. Frente a otras opciones de clasificación más habituales, allí se presenta una distinción entre dos maneras de entender la relación entre derecho y literatura. Por un lado, se registra un polo que enfatiza la diferencia entre ambos campos. De acuerdo con este punto de vista, es precisamente en virtud de su disparidad que el diálogo entre ellos es una fuente de interesantes resultados. Por otra parte, se encuentra la disposición a enfatizar la semejanza, que propende a la asimilación de los objetos y métodos implicados en los estudios literarios y jurídicos. En el segundo capítulo, la taxonomía delineada servirá para hacer una reconstrucción de la trayectoria intelectual del movimiento “derecho y literatura” como una oscilación entre esos dos polos, de acuerdo con una ligera ampliación de una periodización cuyo esquema general se encuentra ya establecido en la discusión especializada. El tercer capítulo está dedicado a la migración del movimiento al campo literario, la que tuvo lugar en los años iniciales del nuevo milenio. Por ese entonces, en conexión con la temática propia de la discusión sobre los derechos humanos, con la intención de renovar las miradas reductivamente jurídicas sobre la cuestión, se asumió la tarea de articular una defensa del valor positivo del arte y las humanidades en un contexto mayormente adverso, al mismo tiempo que se pusieron en cuestión algunos métodos de lectura y estrategias de investigación habituales en las disciplinas humanísticas. El examen de las producciones originadas en este campo de problemas tiene, por otra parte, un carácter preparatorio, pues adelanta algunos de los contenidos de las secciones subsiguientes del libro.
En el cuarto capítulo, con que se da inicio a la segunda parte, Sáenz pone de relieve el papel que la literatura ha tenido en los distintos momentos de la producción filosófica de Nussbaum, quien encontró en los textos literarios un modo de acceso privilegiado a la dimensión ética de las complejidades de la experiencia humana y a los desafíos morales con los que todo el mundo se ve cotidianamente confrontado. El perfil de los trabajos de Nussbaum, dada su formación en filosofía, se aparta de las tendencias teóricas más influyentes en los estudios literarios especializados y además es ajeno al vocabulario y a los métodos propios de la discusión jurídica. Eso explica que su posición en el movimiento “derecho y literatura” sea difícil de ubicar y haya sido objeto de críticas y resistencias, aunque nadie ponga seriamente en duda la centralidad de sus aportes en los debates sobre la materia. De acuerdo a la lectura de Sáenz, es precisamente la originalidad del punto de vista de Nussbaum –que centra su atención en los rendimientos éticos y políticos de la experiencia de la lectura literaria como tal– lo que hace interesante su propuesta.
En el quinto capítulo, la autora revisa los intentos de Nussbaum de acercar la literatura al campo de la discusión ética para contrarrestar ciertas tendencias instaladas en los modos de hacer filosofía moral en el siglo XX (genéricamente: rigidez, abstracción, formalismo, etc.). En particular, se hace notar que Nussbaum rechaza el tipo de trabajos filosóficos que usan a la literatura como un recurso meramente ilustrativo o como un medio de legitimación cultural de determinada posición teórica. Desde su perspectiva, en cambio, los textos literarios se conciben más bien como una guía que da lugar al asombro filosófico, favorece la empatía y brinda el contexto de reflexión apropiado para advertir el lugar de la contingencia, el valor de las emociones y el rol de la percepción en el marco de la deliberación de tipo particular en la que tiene su sede el juicio moral.[2] En tal sentido, los aspectos concernientes a la forma literaria y las cualidades estéticas de las obras tienen un protagonismo que no se verifica en las aproximaciones que se detienen únicamente en el contenido argumental de los textos. El capítulo termina con una sección dedicada a la relación que mantienen el enfoque neoaristotélico y la noción de “equilibrio perceptivo” con el proyecto de interacción disciplinar entre literatura y ética filosófica.
En el sexto capítulo, Sáenz estudia el giro desde la ética individual hacia la filosofía política que tiene lugar, de acuerdo con su lectura, desde la década de 1990 en la obra de Nussbaum. No obstante, cabe preguntarse si es posible, en el marco de una perspectiva neo-aristotélica como la que adopta Nussbaum, trazar esa división con firmeza, puesto que podría tratarse de una diferencia de énfasis o de foco en cuestiones conceptualmente entrelazadas y nunca claramente escindidas. En cualquier caso, lo que está en discusión son los usos de la literatura en el contexto de la interacción comunitaria. En ese marco, especialmente a partir del análisis de la contienda con Richard Posner, se pasa revista por los cuestionamientos que se han dirigido al proyecto de Nussbaum en la polémica en torno al carácter instrumental que parece adquirir en él la literatura, con la introducción de un vocabulario de la “utilidad” en un dominio en el que resulta, para muchos, inadecuado. Según la presentación de Sáenz, los argumentos de Nussbaum para defender su posición se extienden a una justificación del valor de las humanidades para la vida en común. De modo muy general, el punto es que la literatura puede proveer un adecuado registro de la vulnerabilidad humana y favorecer formas de relación más saludables que las que se desprenden de las ilusorias ficciones de una completa independencia y autosuficiencia de las personas. Por otro lado, desde esta perspectiva, los textos literarios pueden propiciar la comprensión del papel que tiene la genuina percepción de lo particular en el ámbito de la deliberación práctica (y, por tanto, en el razonamiento judicial), contra la aspiración de capturar complejas decisiones en esquemas formales de normas generales. Además, como se aprecia mejor a la luz de los debates del próximo capítulo, la experiencia de la lectura literaria, al menos tal como ella es practicada por fuera de los ámbitos de discusión profesionalizada, en muchas oportunidades incita el involucramiento sentimental con el destino de los personajes de un modo que provoca una serie de reacciones emocionalmente cargadas, con manifestaciones moralmente virtuosas y con gran impacto cívico como la empatía y la compasión.
Finalmente, en el séptimo capítulo, Sáenz reconstruye una serie de polémicas alrededor de lo que podría denominarse el “modo de leer” de Martha Nussbaum. En términos generales, Nussbaum encuentra en la literatura una ocasión para el despliegue de fenómenos tales como la empatía, la identificación compasiva y el reconocimiento en los que pueden tener su origen un gran abanico de virtudes cívicas asociadas precisamente a la capacidad de comprensión del padecimiento ajeno y la vulnerabilidad compartida. Con todo, ese modo de ver las cosas ha recibido numerosas objeciones. Por un lado, se ha dicho que se trata de un tipo de contacto de carácter más bien primario o elemental con los textos literarios, ajeno a la sofisticación y el método desapegado propios de la crítica refinada. Frente a eso, en defensa de Nussbaum, la autora recoge sus argumentos para una vindicación del papel de la así llamada “lectura ordinaria” (no profesionalizada) como una experiencia de involucramiento estético valiosa, antes que llanamente naïve o simplista. Por otra parte, se ha sugerido que las proyecciones políticas o colectivas de la experiencia individual de la lectura y las emociones con ella asociadas han sido exageradas en la propuesta de Nussbaum, o bien que puede tener efectos contrarios a los que ella espera. Los últimos apartados del capítulo están dedicados justamente a la discusión del papel que pueden tener la imaginación empática y las emociones en contextos judiciales y políticos.
En resumen, el libro de María Jimena Sáenz, además de organizar los materiales y las discusiones del movimiento derecho y literatura, ofrece una valiosa lectura de conjunto de la obra de Martha Nussbaum en los aspectos concernientes a los vínculos que la literatura mantiene o puede mantener con diferentes ámbitos de la filosofía práctica, por lo que constituye una estimable contribución a distintos campos de la discusión filosófica, tales como la ética, la filosofía política y la filosofía del derecho.
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