Evolución de los derechos personalísimos a la esfera espiritual en el Código Civil y Comercial, y perspectiva de los mismos frente al avance tecnológico
DOI:
https://doi.org/10.14409/ne.v0i11.9587Palabras clave:
derechos personalísimos, libertad de expresión, internet, nuevas facetas lesionadas, oluciones propuestasResumen
El uso de internet, la expresión a través de las redes sociales, la inteligencia artificial, entre otros adelantos tecnológicos, conforman relaciones —entre las más generales— de la persona humana; y, por lo tanto, son reguladas por el derecho civil. Los beneficios de tales avances resultan innegables, pero a la vez, por ese medio, se advierten novedosos modos de ataque a los derechos personalísimos, en particular, a la esfera espiritual. Es común advertir lesiones al honor a través de comentarios agraviantes en las redes, invasión a la intimidad por la utilización de la inteligencia artificial, cyberespionaje, etc. Se mancilla la identidad digital, se cambia el destino de las imágenes almacenadas, entre otros menoscabos. El reconocimiento de los derechos personalísimos a la esfera espiritual en el CCyCN ha sido un hito importante para la protección de la dignidad personal, pero, luego de cinco años de vigencia de la codificación, surge el interrogante acerca del surgimiento de nuevas facetas de tales derechos lesionadas (derecho al olvido, a la desconexión, a la imagen digital, transparencia y responsabilidad en el uso de los algoritmos, etc.) y obliga a discutir nuevas alternativas de solución. En particular, cuestionarnos si las n ormas relativas a la tensión entre estos
derechos y la libertad de prensa resultan directamente aplicables al fenómeno de internet, o si por el contrario, resultan necesarias nuevas previsiones normativas.