Ius puniendi administrativo como mecanismo de tutela medioambiental
DOI:
https://doi.org/10.14409/redoeda.v12i1.14572Palabras clave:
ius puniendi; derecho administrativo sancionador; medioambiente; derecho ambiental; proporcionalidad.Resumen
El ius puniendi, conocido también por su denominación como poder punitivo, es el ejercicio del poder por parte del Estado, que se resume como su facultad de castigo y sanción. En el marco de un Estado de Derecho, el ius puniendi tiene varias utilidades, así como limitaciones. Las primeras, permiten que los asociados tutelen sus derechos en función de un poder que actúa de manera legítima, proporcionada y razonablemente dentro de los márgenes que el propio ordenamiento jurídico le permite. Por otra parte, las limitaciones, se constituyen como aquellas barreras a través de las cuales, el Estado no puede trasgredir los derechos de los sujetos, y, por ende, no puede castigar. En el presente trabajo, se analiza este poder punitivo del Estado antes mencionado, con énfasis en su aplicación administrativa en beneficio de la tutela del medioambiente como bien jurídico protegido. Para ello, se analizan y contrastan posiciones doctrinales respecto de la justificación de utilizar el Derecho administrativo sancionador para la protección del medioambiente, las limitaciones y desafíos que esto constituye, concluyendo que dicho Derecho administrativo sancionador se consolida como una vía de escape ante la aplicación del Derecho penal ambiental, articulándose también con políticas públicas y herramientas preventivas.
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