Investigación: Comentarios sobre los nuevos códigos comentados o la increíble historia del indispensable libro borrador
DOI:
https://doi.org/10.14409/ce.v1i0.5993Palabras clave:
• Código Civil y Comercial comentado • Doctrina • Contabilidad • Estados ContablesResumen
La introducción del nuevo Código Civil y Comercial (Ley 26994) en el derechoargentino ha producido modificaciones significativas en el plexo normativoque rige el accionar diario de los profesionales en Ciencias Económicas. Enparticular, son destacables las modificaciones en las normas legales generalesque se refieren a la contabilidad de las personas humanas y jurídicasque se habían mantenido casi inmutables por más de cincuenta años.Así las cosas, nos enfocamos en este trabajo en el análisis crítico dela visión doctrinaria de dos de los códigos comentados más significativos,en relación con los artículos 320, 321 y 322 del Código Civil y Comercialde la Nación.El principal objetivo de este trabajo es empezar a concientizar sobre laimportancia de la doctrina representada en los nuevos Códigos comentadosen referencia con la Contabilidad. La discusión sobre si el mantenimiento deregistros contables regulares será considerado una obligación o no, de pocoso de muchos sujetos, ya se ha iniciado y marcará en nuestra opinión la laborde los contadores públicos y abogados argentinos por muchas décadas.Parafraseando a Clemenceau, creemos que el alcance y contenido legalde la Contabilidad es un asunto demasiado serio para dejarlo sólo en manosdel Derecho. El caso del «indispensable libro borrador» sirve como ejemplode las consecuencias que pueden tener los análisis unidimensionales. La posible solución a estos problemas está en el trabajo conjunto entrelos especialistas del Derecho y de la Contabilidad, desde el primer día devigencia del Código, todos los días.Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
El contenido es licenciado bajo Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional.
El contenido de los artículos a presentar deberá ser inédito y no estar en trámite, o haber sido enviado para su publicación a otro medio.
Los contribuyentes con trabajos a Revista Ciencias Económicas ceden todos los Derechos del Autor a la Revista. Esta transferencia se hace efectiva desde el momento que el autor recibe por escrito la confirmación de la aceptación de su trabajo para ser publicado.
La Propiedad intelectual del trabajo científico publicado permanece en el autor (o los autores).
El autor puede sostener su copyright sin restricciones.
Los artículos que sean aceptados, deberán ser acompañados del documento Autorización de publicación que contiene la firma de los autores, en donde se acepta la originalidad del documento y autorizan a la Revista a la publicación del mismo.
Los autores son responsables por el contenido científico y los puntos de vista expresados, los cuales no necesariamente coinciden con los del equipo editorial.