Reflexiones sobre la carga de la prueba de la culpa en materia de responsabilidad patrimonial de la administración pública en situación de emergencia
DOI:
https://doi.org/10.14409/redoeda.v7i1.9414Palabras clave:
Responsabilidad patrimonial, inversión de la carga de la prueba, carga de la prueba, daño desproporcionado, COVID-19Resumen
La declaración del estado de alarma no solo produce ciertas limitaciones a los derechos fundamentales, sino que también ocasiona incertidumbre frente a las posibles consecuencias jurídico-patrimoniales en las que los ciudadanos pueden verse involucrados. En este trabajo abordamos la posible responsabilidad extracontractual de la Administración pública como consecuencia de acciones adoptadas en el seno del estado de alarma. Nuestra atención se dirige principalmente a la carga de la prueba de la culpa a la que, en condiciones normales, debe someterse el reclamante y que en el actual contexto podría verse aligerada precisamente por las condiciones de excepcionalidad en la que actúan las decisiones de la Administración. En este sentido parece interesante tratar las normas en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración pública considerando la flexibilidad que estas ofrecen para determinar si es admisible, aunque solo teóricamente, la inversión de la carga de la prueba de la culpa.
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