La igualdad en el contrato social rousseauniano. Una mirada desde la justicia como equidad de John Rawls
Resumen
En este artículo analizaremos la visión rawlsiana sobre el igualitarismo de Rousseau. En primer término, veremos que -siempre desde la perspectiva de Rawls- la obra del ginebrino afirma la necesidad de una cierta igualdad de condiciones como requisito para la igual ciudadanía y establece una noción del bien común que no responde a un criterio agregativo de corte utilitarista. En segundo
lugar, examinaremos un poco más a fondo el igualitarismo rousseuniano y señalaremos que la regulación de las desigualdades permitidas por medio del amor propio se asemeja a la noción rawlsiana del veto de los menos aventajados, mecanismo derivado del Principio de Diferencia y del bien primario del auto-respeto. Por
último, recorreremos algunas posibles razones para desear la igualdad y observaremos cómo Rawls valora la igual ciudadanía -en tanto igualdad del más alto nivelcomo aquella que es más cercana al núcleo del pensamiento rousseauniano, siempre en condiciones materiales que aseguren la independencia personal.