La incorporación del querellante en el Nuevo Código Procesal Penal Juvenil de Santa Fe. Su procedencia a la luz de los principios constitucionales y convencionales
DOI:
https://doi.org/10.14409/pc.2024.29.e0059Palabras clave:
querellante particular, justicia penal juvenil, principio de especialidad, pretensión punitiva, interés superior del niñoResumen
El presente trabajo de investigación pretende ser un aporte tendiente a indagar si la incorporación de la figura del querellante en el nuevo Código Procesal Penal Juvenil de la provincia de Santa Fe se ajusta a los principios, estándares y normas fundamentales del sistema de promoción integral de derechos de los niños, niñas y adolescentes. Se expondrán los principios constitucionales implicados, como así también el corpus iuris internacional de protección de los derechos de los jóvenes en materia penal, con énfasis en el principio de especialidad y en el paradigma dominante del interés superior del niño. Asimismo, se reflejará la opinión especializada de la doctrina en referencia a la temática, y se hará referencia a la dirección seguida por la jurisprudencia de nuestros tribunales en relación a la constitución del querellante en los procesos penales seguidos a los niños y adolescentes. Por otra parte, se trata de un trabajo de tipo exploratorio y cualitativo, que procurará a través de sus cuatro capítulos dar cuenta de la incompatibilidad de la actuación del querellante en un proceso seguido contra un joven imputado de un delito penal, teniendo en cuenta la especialidad de la justicia penal juvenil, en cuanto enfoque que instaura límites a la actividad represiva estatal, teniendo en consideración que el propósito de la sanción penal juvenil es la rehabilitación y la reintegración del joven infractor.
Citas
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Webgrafía
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Última vez revisado: 09/08/2024
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